En la resolución enviada por la Seguridad Social, se argumentaba que la pensión debía derivarse “de la situación de pensionista del causante” y que, por tanto, debía aplicarse la misma base reguladora que sirvió para determinar su jubilación inicial, ignorando así las aportaciones posteriores.
La viuda no se conforma: la batalla judicial
Ante esta interpretación, Lorenza decidió presentar una reclamación administrativa, convencida de que le correspondía una pensión más alta. Sin embargo, su recurso fue rechazado, lo que la llevó a acudir a los tribunales.
En primera instancia, el caso llegó al Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, que falló a favor de la viuda, reconociendo que la base reguladora correcta debía ser la de 3.315,80 euros.
La Seguridad Social, sin embargo, no se dio por vencida y elevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Pero nuevamente, los magistrados confirmaron que el cálculo debía contemplar las cotizaciones realizadas por el causante durante el tiempo en que mantuvo suspendida su pensión de jubilación.
Finalmente, la controversia alcanzó al Tribunal Supremo, que ratificó lo dictado en instancias anteriores y fijó un criterio que puede tener repercusión en muchos otros casos similares.
La clave legal: el artículo 8.3 del Real Decreto 1132/2002
El punto central del debate jurídico estaba en determinar si las cotizaciones realizadas durante el periodo de jubilación suspendida podían ser tenidas en cuenta para recalcular la base reguladora de la pensión de viudedad.
Para resolverlo, el Tribunal Supremo recurrió al artículo 8.3 del Real Decreto 1132/2002, que regula los efectos de las cotizaciones efectuadas tras la suspensión de la jubilación en el marco de la jubilación flexible.
Este artículo establece que, en caso de fallecimiento, los beneficiarios de las prestaciones de muerte y supervivencia “podrán optar porque aquellas se calculen desde la situación de activa del causante o, en su caso, desde la situación de pensionista del mismo”.
La Seguridad Social había optado por una interpretación restrictiva, considerando que debía mantenerse la base reguladora inicial correspondiente a la jubilación reconocida, sin tener en cuenta las aportaciones posteriores.
El Supremo corrigió este criterio y afirmó que la norma es clara al conceder a los beneficiarios la posibilidad de elegir la opción más favorable.
Una sentencia que sienta precedente
El fallo del Supremo no solo beneficia a Lorenza, sino que también sienta un importante precedente jurídico. A partir de esta resolución, queda ratificado que las cotizaciones posteriores al reconocimiento de una jubilación suspendida sí cuentan para calcular las prestaciones de viudedad.
Esto significa que otras personas que se encuentren en una situación similar podrán reclamar que su pensión se ajuste a la base reguladora más alta, siempre que exista constancia de nuevas cotizaciones del fallecido mientras permanecía en activo.
De esta forma, la base reguladora de Lorenza pasó de 2.439,23 euros a 3.315,80 euros, una diferencia que se traduce en una mejora sustancial en sus ingresos mensuales y que reconoce el esfuerzo contributivo adicional realizado por su marido.
La importancia de las cotizaciones en la jubilación flexible
El caso pone de relieve una cuestión central del sistema previsional: el impacto de las cotizaciones realizadas en régimen de jubilación flexible.
Cada vez son más los trabajadores que, tras acceder a la jubilación, deciden continuar en activo para complementar sus ingresos o mantenerse en el mercado laboral. En estos casos, la jubilación queda suspendida, pero las cotizaciones siguen generando efectos.
Lo que la sentencia confirma es que esas aportaciones no pueden ser ignoradas en perjuicio de los beneficiarios. De hecho, el fallo protege el principio contributivo del sistema, que establece que toda cotización debe traducirse en un beneficio futuro, ya sea para el propio trabajador o para sus herederos.
Una victoria con sabor amargo
Si bien Lorenza ha conseguido que se le reconozca una pensión más justa, el camino no fue sencillo. Tuvo que atravesar varios años de litigio, con el desgaste económico y emocional que ello implica.
El caso refleja las dificultades que muchos ciudadanos enfrentan cuando la interpretación de la normativa por parte de la Seguridad Social no resulta favorable. En ocasiones, solo la vía judicial permite corregir estas situaciones, aunque ello suponga un proceso largo y complejo.
Repercusiones sociales y políticas
El fallo del Supremo puede abrir la puerta a un aumento de reclamaciones por parte de otros beneficiarios en situaciones similares. Especialistas en derecho laboral destacan que esta sentencia fortalece el derecho de los ciudadanos a que se reconozca de forma plena el valor de las cotizaciones.
Además, plantea un desafío para la Seguridad Social, que deberá adaptar su criterio a lo dictado por la justicia para evitar nuevos conflictos.
Por otro lado, la resolución también puede alimentar el debate político sobre la necesidad de revisar las normativas de jubilación flexible y de garantizar que los trámites administrativos sean más transparentes, evitando que los beneficiarios tengan que recurrir a los tribunales para defender sus derechos.