Para reemplazar a los impulsados por cada uno de los distritos, el Gobierno nacional, en el marco de la pandemia de Coronavirus, impuso el "Certificado Único Habilitante para Circulación", el cual ya entró en vigencia desde este domingo.
Para reemplazar a los impulsados por cada uno de los distritos, el Gobierno nacional, en el marco de la pandemia de Coronavirus, impuso el "Certificado Único Habilitante para Circulación", el cual ya entró en vigencia desde este domingo.
Mediante una resolución del Ministerio del Interior, se estableció el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”, el cual está destinado para todas aquellas personas que se encuentran exceptuadas, por su labor esencial, de acatar el decreto de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" impuesto por el Ejecutivo nacional.
Este nuevo documento, que será el único habilitado para poder transitar durante la cuarentena obligatoria, se trata de una suerte de declaración jurada que, si se detecta el "falseamiento de datos", habilitará al Estado para "la aplicación de las sanciones que resulten pertinentes según la normativa vigente".
"Después del decreto que fijó el aislamiento social preventivo era necesario tener un sistema unificado y con criterio único para emisión de autorizaciones de circulación en todo el país", aseguró el ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro.
Según figura en el Boletín Oficial publicado este domingo, para poder tramitarlo los interesados deberán ingresar a "la plataforma 'Trámites a Distancia' (TAD) a efectos de su presentación a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad"
El “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” será personal e intransferible y tendrá vigencia por el plazo de SIETE (7) días corridos, renovable.
En tanto, este trámite no será extensivo para todos aquellos que "deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor". En este caso, se deberá acreditar "la excepción al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” mediante documentación fehaciente que dé cuenta del suceso acaecido".
Pese a que este nuevo certificado ya entró en vigencia, trascendió que durante los primeros días aún se permitirán los permisos expedidos por los distritos, aunque se exigirá que el trámite se realice a la brevedad, ya que no tendrán validez.