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El DNU de extinción de dominio entró al Congreso y deberá ser analizado en 10 días por una comisión bicameral

El DNU de extinción de dominio entró al Congreso y deberá ser analizado en 10 días por una comisión bicameral

Qué pasó. El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece el Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de Dominio ingresó al Congreso y deberá ser debatido en el marco de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que tiene 10 días hábiles para expedirse en torno a la medida dispuesta días atrás por el Poder Ejecutivo.

Qué debería pasar ahora. El texto fue girado a la comisión Bicameral de Trámite Legislativo que debe pronunciarse respecto de la validez de la medida y elevar el dictamen a cada cámara (Senado y Diputados) para su tratamiento. 

Qué otras alternativas hay. Que el tema se termine sancionando como un proyecto de ley aparte y que se derogue el DNU. Para eso debería haber un acuerdo entre oficialismo y parte de la oposición en un momento de alta tensión política.

Qué decía la oposición. Luego del anuncio del régimen, la oposición cuestionó la constitucionalidad del DNU, pero desde Cambiemos insistieron en que no incide en materia penal, algo que el Poder Ejecutivo tiene vedado según el artículo 99, inciso 3, de la Carta Magna.

Cómo está compuesta la Comisión Bicameral. El decreto debe ser ahora analizado por la comisión -integrada por ocho diputados y ocho senadores de diferentes fuerzas políticas- que es presidida por el kirchnerista por Santa Fe, Marcos Cleri, quien deberá convocar en los próximos días al cuerpo. El oficialismo cuenta con ocho miembros, en tanto que los otros ocho corresponden a la oposición: cuatro responden a Argentina Federal, tres al Frente para la Victoria-PJ y la senadora salteña Cristina Fiore Viñuales.

Qué dice el DNU. A través del decreto, se crea "una Procuraduría de Extinción de Dominio a favor del Estado Nacional, con facultades para realizar investigaciones de oficio así como colaborar con la identificación y localización de bienes que pudieran provenir de alguno de los delitos" previstos en el régimen, como los relacionados con el patrimonio público, el narcotráfico y el crimen organizado.