La norma autoriza a la Secretaría de Comercio a "imponer sanciones (...) frente a una situación de desabastecimiento o escasez de bienes o servicios que satisfagan necesidades básicas o esenciales”.
Además, el Estado tiene la potestad de fijar precios máximos, mínimos y de referencia, y márgenes de utilidad (es decir, lo que pueden ganar las empresas por cada producto o servicio).
UIA.jpg
La UAI fue notificada de la nueva medida de abastecimiento. (Foto: archivo)
La ley determina que también el Estado podrá sancionar a las empresas
También puede ordenar la continuidad de todo o parte del proceso económico: fabricación, comercialización y distribución de cuotas mínimas de algún producto o servicio.
La ley determina que también el Estado podrá sancionar, con multas, clausuras, etcétera, a las empresas que aumenten de manera artificial o injustificada los precios, acaparen mercadería o materia prima, destruyan mercaderías o bienes que puedan generar escasez o restrinjan o nieguen de manera injustificada la venta, entre otras situaciones.
Esta mañana, en el Boletín Oficial, Lavigne fue designado como secretario de Comercio por intermedio del Decreto 30/2023.