En ese sentido, el Boletín Oficial argumenta que "el contexto de desregulación, apertura del mercado y modernización impone la necesidad de realizar importantes inversiones que Intercargo, en una situación de emergencia económica como la declarada por el artículo 1º de la referida Ley N° 27.742, no se encuentra en condiciones de llevar adelante con recursos propios y sin la asistencia financiera del Estado Nacional".
El decreto firmado por el presidente, Javier Milei, y el ministro de Economía, Luis Caputo, también instruye la rescisión por mutuo acuerdo del contrato de concesión vigente entre el Estado Nacional e Intercargo antes de la transferencia de acciones, con el fin de garantizar que la privatización no afecte la continuidad de la prestación del servicio aeroportuario o de rampa, asegurando la conectividad nacional e internacional.
Asimimso, el texto refuerza: "Resulta indispensable fortalecer las condiciones del proceso de libre mercado para contribuir a que los operadores privados, libres de interferencias estatales innecesarias y en un marco de genuina competencia, lleven adelante las inversiones que se requieren para mejorar los servicios de transporte y depósito de bienes y mercadería en los espacios aeroportuarios del país".
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