Dictamen

El Procurador General dictaminó que la Corte Suprema debe revisar la reforma de la Constitución de Jujuy

Si bien no se expidió sobre el tema de fondo, Eduardo Casal entendió que el reclamo del Gobierno Nacional debe ser atendido por el máximo tribunal de justicia.
Eduardo Casal señaló que la Constitución jujeña debe ser revisada por la Corte Suprema. (Foto: archivo)

Eduardo Casal señaló que la Constitución jujeña debe ser revisada por la Corte Suprema. (Foto: archivo)

Eduardo Casal, el procurador general interino se pronunció sobre la legitimidad de la reforma de la Constitución de Jujuy, elaborada por el gobernador Gerardo Morales y se manifestó a favor de que la revise la Corte Suprema de Justicia y se haga lugar a los reclamos del Gobierno Nacional.

"A mi modo de ver, en atención a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el pleito, la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte", resaltó Casal en uno de los párrafos más destacado.

Esta determinación se comunicó por medio de un dictamen el día de hoy y llegó tras los reclamos a cargo del Ministerio de Justicia para pedir que se declare la inconstitucionalidad de las reformas en la carta magna jujeña.

A su vez, con estas palabras, el procurador argumentó su decisión:"En efecto, toda vez que el Estado Nacional, que tiene derecho al fuero federal, demanda a la provincia de Jujuy, entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciar la demanda en esa instancia, cualquiera sea la materia del pleito".

El dictamen, de apenas tres páginas, no es vinculante, lo cual significa que la Corte Suprema no está obligada a seguir ese criterio y podría resolver en sentido contrario.

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Gerardo Morales había iniciado la reforma constitucional. (Foto: archivo)

Gerardo Morales había iniciado la reforma constitucional. (Foto: archivo)

El dictamen del procurador no atendió la cuestión de fondo

Por otra parte, el escrito tampoco avanza sobre el fondo del reclamo formulado por el Estado Nacional respecto de la validez constitucional de los artículos objetados de la carta magna provincial.

El dictamen atribuye a la Corte la “competencia originaria”, es decir la intervención como tribunal de única instancia en el reclamo.

El Estado Nacional demandó a la provincia de Jujuy “a fin de obtener se declare la inconstitucionalidad de los artículos 67 inciso 4°, 94 y 95 de la Constitución de la provincia”.

La presentación sostiene que esos artículos, que se refieren a la prohibición y criminalización de la protesta social y a los derechos de los pueblos originarios, “subvierten el orden institucional y los derechos y garantías constitucionales” de la Nación.