Recaudación

Empresarios presionan al Gobierno por el anticipo de Ganancias: dicen que es "inconstitucional"

La Unión Industrial Argentina (UIA) y la Cámara de Comercio (CAC) advirtieron que la decisión que afecta a las grandes empresas podría "poner en riesgo" la recuperación económica, sobre todo del sector Pyme. 
Por qué las cámaras empresarias dicen que el anticipo de Ganancias es inconstitucional

Por qué las cámaras empresarias dicen que el anticipo de Ganancias es "inconstitucional"

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó esta semana el anticipo del impuesto a las Ganancias que alcanzará a las empresas de mayores ingresos pero las cámaras empresarias salieron a cuestionar la medida y amenazan con presentarse ante la Justicia.

La Unión Industrial Argentina (UIA) y la Cámara de Comercio (CAC) advirtieron que la decisión que afecta a las grandes empresas podría "poner en riesgo" la recuperación económica, sobre todo del sector Pyme.

La medida se trata de un pago a cuenta de Ganancias por única vez a cargo de los contribuyentes y responsables cuyo monto del impuesto determinado de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2021 o 2022, según corresponda, sea igual o superior a $100 millones.

Alcanza también a aquellos cuyo monto del resultado impositivo que surge de la declaración jurada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores conforme la mencionada ley del impuesto, sea igual o superior a $300 millones.

El objetivo del Gobierno es recaudar $250.000 millones a través de este mecanismo, pero las entidades consideraron que la obligación llegará a pequeñas y medianas firmas industriales que verán afectado su desarrollo.

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Los reclamos de las cámaras: por qué dicen que es "inconstitucional"

"Si se tienen en cuenta las escalas de facturación para ser considerada mediana empresa en el sector industrial (hasta $7.046 millones se considera mediana tramo II), solo con presentar 5% de rentabilidad antes de impuestos sobre facturación una empresa mediana tramo II quedaría abarcada por la medida (superaría los $300 millones)", alertó la UIA.

Y agregó: "Compromete la situación a futuro, ya que adelanta recursos que se obtendrían a mediados del 2023 y que, de implementarse esta medida, no se percibirán el año que viene".

Por su parte, la CAC señaló que los montos establecidos "no involucran a un pequeño grupo de grandes empresas, sino que afectarán a numerosas firmas, incluyendo al segmento PyME, en un contexto económico financiero especialmente complicado".

"La exacción que establece la norma se agrava aún más al no considerar el cómputo de quebrantos de ejercicios anteriores ni permitir la reducción o anulación del anticipo adicional ante la estimación de menores o nulos resultados en el ejercicio en curso", indicó la entidad.

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Y añadió: "Esto hace que la norma no considere la existencia de capacidad contributiva, deviniendo en exceso de las facultades que la ley otorga a la AFIP, toda vez que pierde la naturaleza de anticipo del tributo que se deberá pagar por el ejercicio para convertirse en un empréstito forzoso y gratuito. Esta situación lo convierte eventualmente en inconstitucional ante la vulneración de los principios de capacidad contributiva y derecho de propiedad, e innominado de razonabilidad que exige la Constitución Nacional a toda norma de carácter tributario”.

La respuesta de la AFIP

Ante la posibilidad de que las entidades acudan a la Justicia por considerar la medida "inconstitucional", el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, señaló que están en conversaciones con la UIA y que lo que se busca con esa medida es que el país siga desplegando sus actividades y continúe por esta senda del crecimiento”.

“El anticipo corre sobre el impuesto determinado de las ganancias, con alícuotas del 15% o el 25%. Calculamos que se trata de $ 250 mil millones aproximadamente. Es un pago que queremos adelantar para que el país siga desplegando sus actividades y continúe por esta senda del crecimiento”, sostuvo.

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