De acuerdo al Decreto 102/99 que define las funciones de la OA, tiene la competencia recibir denuncias, investigar, llevar los casos ante la justicia, e informar al Ministro de Justicia y Derechos Humanos que la permanencia de un agente público en el cargo puede obstaculizar gravemente una investigación.
El gobierno respalda a Rodolfo Barra “porque pone su experiencia y todos sus conocimientos al servicio de la administración”. El Procurador es experto en Derecho Administrativo, fue juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Convencional Constituyente Nacional en 1994, ex Ministro de Justicia de la Nación, y ex Presidente de la Auditoría General de la Nación. Además, publicó unos 20 libros sobre el rol del Jefe de Gabinete, el Derecho a la Vida, Derecho Administrativo, y Contrato de Obra Pública".
¿Conflicto de intereses?
El cuestionamiento contra Rodolfo Barra es por un supuesto “conflicto de intereses insalvable”, debido a que meses antes de convertirse en Procurador del Tesoro de la Nación, como parte de su actividad privada, dictaminó a favor de Cristina Kirchner en el análisis de la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, al encontrarla responsable de administración fraudulenta en la denominada causa Vialidad.
Según la denuncia de la CC “se representaría una confrontación entre el interés público y los intereses privados del doctor Barra, es decir, cuando éste tiene intereses personales que podrían influir indebidamente sobre el desempeño de sus deberes y responsabilidades”.
En este sentido, el planteo remarcó que “la relación profesional preexistente de cliente-abogado entre el Dr. Barra y la Dra. Fernández genera una situación de incertidumbre que podría afectar futuros intereses del Estado Nacional en causas de alta relevancia pública como el “Memorándum con Irán”,“Nisman” y la causa “Cuadernos”.
Fuentes consultadas pusieron en duda este dilema, porque Rodolfo Barra es un experto catedrático que ha volcado una gran diversidad de opiniones técnico-legales a través de su larga trayectoria en el campo del Derecho, y no debe mezclarse su actividad profesional privada con la tarea que cumple al servicio del Estado.
Como sea, el informe del Procurador desligó a Cristina Kirchner de la responsabilidad que le imputó el fallo del Tribunal Oral Federal 2 en el juicio de la causa Vialidad. Se basó en que la figura del jefe de gabinete de Ministros es “quien ejerce la administración general del país y quien, por lo tanto, ejecuta el presupuesto de la Nación y solo excepcionalmente dichas facultades son ejercidas por avocación por el Presidente de la Nación”.
En su dictamen, Barra agregó que “no se observa la existencia de responsabilidad penal objetiva de ninguna naturaleza en cabeza del Presidente de la Nación”. Por eso, el abogado de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi, propuso que se cite al Procurador para que declare como testigo “a efectos de ratificar y eventualmente ampliar el dictamen”.
El fiscal de Casación, Mario Villar, se opuso porque sostuvo que el Código Procesal Penal no permite incorporar prueba nueva en esta etapa del juicio. Solo resta que respondan los jueces de la Sala 4 de Casación: Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos.