El reclamo por los recursos necesarios
El objetivo de la suspensión, según explicó Pascual, es utilizar los 60 días para que los distintos poderes del Estado definan cómo se pondrá en funcionamiento el nuevo esquema.
La jueza planteó la necesidad de establecer quién tendrá a su cargo el seguimiento de cada adolescente, qué recursos estarán disponibles en los centros de detención y de qué manera se aplicarán las alternativas al encierro previstas por la legislación.
“Lo que pido es que nos pongamos todos de acuerdo y no que, si no pasa nada, sea solo encerrarlo, o que haya provincias donde están haciendo una pared y mandándolos a la cárcel común”, advirtió.
Pascual sostuvo que una de las principales dificultades aparece cuando un adolescente permanece privado de su libertad sin acceso a herramientas que permitan modificar su situación: “Un chico encerrado sin educación, sin oficio, sin terapia, llega a los 18 años y lo podemos mandar a una unidad carcelaria que funciona como una escuela de delito”, señaló.
La magistrada remarcó además que no pretende minimizar la responsabilidad de quienes cometen delitos y aseguró: "No romantizo con los chicos que salen con un arma”, aclaró.
Sin embargo, cuestionó que la nueva legislación sea presentada como una respuesta suficiente frente a la inseguridad. “Yo soy del Conurbano, y con esta ley no vamos a crear más seguridad”, afirmó.
Según explicó Pascual, el objetivo de la suspensión es utilizar los 60 días para que los distintos poderes del Estado definan cómo se pondrá en funcionamiento el nuevo esquema. (Foto: archivo)
Qué pasa con los adolescentes de 14 a 16 años
La Ley N° 27.801 redujo de 16 a 14 años la edad de imputabilidad y permite que los adolescentes comprendidos en esa franja puedan ser sometidos a procesos judiciales por los delitos contemplados en el Código Penal.
Pascual aclaró que su cuestionamiento no está dirigido contra esa modificación. Su objeción se concentra en las condiciones necesarias para aplicar el régimen y evitar que el encierro agrave las situaciones de violencia.
La jueza también explicó que la suspensión de la nueva normativa no significa que los adolescentes de entre 14 y 16 años no puedan ser privados de su libertad en la provincia. Según señaló, la legislación procesal bonaerense vigente ya otorga a los jueces de garantías facultades para disponer esas medidas.
De acuerdo con la magistrada, actualmente hay alrededor de 100 menores de esa franja etaria detenidos en territorio bonaerense.
El fallo que frenó la aplicación de la ley
La resolución de Pascual surgió a partir de un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en beneficio “de los adolescentes que se encuentran privados de su libertad”.
La titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora hizo lugar al planteo y ordenó suspender preventivamente durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.
El fundamento estuvo relacionado con la capacidad del Estado provincial para afrontar el posible incremento de adolescentes que ingresen al sistema penal.
La mirada de la jueza sobre las víctimas
Pascual reconoció que suele encontrarse con víctimas que reclaman penas severas para quienes cometieron delitos. En particular, señaló que muchas veces le piden que los responsables “se pudran” en prisión.
La magistrada explicó que frente a esos reclamos debe cumplir con dos obligaciones. Por un lado, escuchar a quienes sufrieron el delito y aplicar la ley. Por otro, procurar que las medidas adoptadas permitan que el adolescente pueda reinsertarse sin que el encierro aumente su nivel de agresividad.
“Por un lado, tengo que escuchar a la víctima. Por el otro, tengo la obligación de intentar devolverle a la sociedad un chico que no tenga esa agresividad que el encierro potencia”, explicó.