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En ese sentido, aclararon que "el telegrama de designación enviado por la Junta Electoral Nacional ya incluía las dos fechas de convocatoria y constituye la designación para desempeñarse como autoridad de mesa en la segunda vuelta".
"Se recuerda que la función como autoridad de mesa es una carga pública irrenunciable y su incumplimiento constituye un delito electoral que está sancionado con una pena de 6 meses a 2 años de prisión (art. 132 del Código Electoral)", concluyó el comunicado.