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ANSES fijó el tope salarial de las Pensiones No Contributivas

La Administración Nacional de la Seguridad Social delimitó los topes salariales máximos permitidos para los titulares de Pensiones No Contributivas por Invalidez que trabajan en blanco. Las pautas de suspensión automática, los montos vigentes y el trámite legal para reactivar el cobro.

26 de octubre de 2026 - 11:28
ANSES fijó el tope salarial de las Pensiones No Contributivas

ANSES fijó el tope salarial de las Pensiones No Contributivas (Foto: archivo).

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a través de la normativa de la Ley 27.793, estableció que el límite de ingresos de bolsillo para mantener la Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez equivale estrictamente a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). Con la actualización del piso salarial en $391.200, ningún titular con empleo registrado puede superar un sueldo neto de $782.400 en octubre de 2026 sin arriesgar la interrupción del beneficio, tope que se elevará a $797.600 en noviembre al ajustarse el haber mínimo laboral a $398.800.

¿Cuál es el tope máximo de sueldo para mantener la pensión de ANSES?

Las personas con discapacidad que trabajan en relación de dependencia o están inscriptas en el régimen simplificado del Monotributo pueden conservar el cobro mensual de su prestación previsional, a condición de que sus ingresos brutos o netos declarados no excedan la escala fijada por el Consejo del Salario.

  • Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en octubre de 2026: $391.200,00

  • Tole máximo de ingresos permitidos en octubre: $782.400,00

  • Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en noviembre de 2026: $398.800,00

  • Tope máximo de ingresos permitidos en noviembre: $797.600,00

Además de la retribución por trabajo, el haber previsional incluye la actualización correspondiente por la fórmula de movilidad y el pago del bono extraordinario de $70.000 garantizado para quienes perciben el haber mínimo.

¿En qué casos se suspende el cobro de la pensión por invalidez?

La suspensión de la liquidación bancaria no implica la baja definitiva del beneficio, sino la interrupción preventiva de la acreditación por incompatibilidad administrativa. La normativa determina cuatro causales directas de suspensión:

¿En qué casos se suspende el cobro de la pensión por invalidez?

La suspensión de la liquidación bancaria no implica la baja definitiva del beneficio, sino la interrupción preventiva de la acreditación por incompatibilidad administrativa. La normativa determina cuatro causales directas de suspensión:

  • Superar el tope de ingresos laborales: percibir una remuneración neta proveniente de empleo formal por encima de los 2 SMVM ($782.400 en octubre).

  • Incompatibilidad de prestaciones: percibir de forma simultánea un haber de jubilación, retiro contributivo u otra pensión de carácter público.

  • Ingresos propios no laborales: contar con rentas, dividendos o ingresos patrimoniales independientes que igualen o superen el equivalente a dos salarios mínimos.

  • Evaluación socioeconómica y patrimonial: incurrir en inconsistencias patrimoniales detectadas en los cruces de datos entre la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y ANSES.

¿Cómo reactivar la pensión por discapacidad si fue suspendida por trabajo?

El marco legal garantiza el principio de rehabilitación inmediata de la prestación cuando la persona finaliza su relación laboral o cuando sus ingresos vuelven a ubicarse por debajo del límite regulatorio.

  • Finalización del vínculo laboral: se puede solicitar la reactivación tras la desvinculación, sin importar la causal (despido, renuncia o fin de contrato).

  • Reducción de ingresos: procede cuando la facturación o la liquidación salarial vuelve a situarse por debajo de los dos salarios mínimos.

  • Solicitud formal: el titular debe presentar la petición de rehabilitación ante las Unidades de Atención Integral (UAI) de ANSES o canales habilitados por ANDIS.

  • Fecha de cobro: la persona recupera el derecho a percibir los haberes liquidados con efecto retroactivo desde la fecha exacta de la solicitud formal.

¿Cuándo se cobran las Pensiones No Contributivas de ANSES por DNI?

Para el próximo mes de noviembre de 2026, el cronograma oficial es el siguiente:

  • DNI terminados en 0 y 1: lunes 9 de noviembre
  • DNI terminados en 2 y 3: martes 10 de noviembre
  • DNI terminados en 4 y 5: miércoles 11 de noviembre
  • DNI terminados en 6 y 7: jueves 12 de noviembre
  • DNI terminados en 8 y 9: viernes 13 de noviembre

En pocas palabras

  • Tope salarial: Los titulares de Pensiones No Contributivas por Invalidez no deben superar los $782.400 en octubre de 2026 para mantener el beneficio.
  • Suspensión de cobro: El beneficio se interrumpe si se excede el tope de ingresos, existen incompatibilidades de prestaciones o se detectan inconsistencias patrimoniales.
  • Reactivación del beneficio: Tras la suspensión, la pensión puede reactivarse solicitándola formalmente si cesan las causales de incompatibilidad.
Resumen generado por Thinkindot AI
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