ANSES Potenciar Trabajo: Cuáles son los nuevos derechos y obligaciones para quienes reciben el Plan

Con una carta de Derechos y Obligaciones el Ministerio de Desarrollo Social estableció los nuevos requisitos para los beneficiarios del Programa Potenciar Trabajo a fin de evitar ilegalidades en el manejo del Plan. ¿Cuáles son los nuevos derechos y obligaciones para quienes reciben el Plan?
ANSES Potenciar Trabajo: Cuáles son los nuevos derechos y obligaciones para quienes reciben el Plan

El Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Resolución 430 de la Secretaría de Economía Social, oficializó la “Carta de Derechos y Obligaciones de cumplimiento efectivo para las y los trabajadores de la economía popular, inscriptos en el programa Potenciar Trabajo”, una iniciativa que llega un mes después de que el referente del Polo Obrero (PO), Eduardo Belliboni, reconociera de manera oficial la retención del 2% del Salario Social Complementario mensual de los 60.000 inscriptos al beneficio por medio de la agrupación. ¿Cuáles son los derechos y obligaciones para quienes reciben el Plan?

ANSES Potenciar Trabajo: Obligaciones

Los beneficiarios deberán cumplir con 60 horas mensuales dentro del plan de actividades: que incluye:

  • Tareas de cuidados y servicios sociocomunitarios.
  • Reciclado y servicios ambientales.
  • Construcción, infraestructura social, mejoramiento barrial y habitacional.
  • Agricultura familiar y producción de alimentos.
  • Producción de indumentaria y otras manufacturas.
  • Comercio popular.
  • Actividades de formación y capacitación profesional o entrenamiento laboral en virtud de lo normado por el DNU Nº 711/2021.

La resolución especifica que “estas actividades siempre deben realizarse en forma independiente o agrupada, bajo relaciones comunitarias o en cooperativas de trabajo. Es decir, nunca en beneficio de un tercero que no sea la comunidad o realizando actividades bajo una relación de dependencia encubierta. En caso de que la actividad genere un excedente económico, el mismo debe distribuirse equitativamente entre quienes lo produzcan”.

ANSES Potenciar Trabajo: Derechos

Por otro lado, la Resolución detalla los derechos a los que acceden los beneficiarios del Programa Potenciar:

  • A recibir un Salario Social Complementario (SSC) equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil. Se aclara que el programa aspira a que cada trabajador obtenga un ingreso superior a partir de su actividad productivo-comunitaria.
  • A contar con un seguro de accidentes personales y sepelio a cargo del Ministerio.
  • A percibir una prestación dineraria como incentivo para la incorporación al empleo formal registrado en el sector privado, ya sea por participar de actividades formativas de capacitación profesional o entrenamiento en el trabajo o bien para el caso de la inserción laboral.
  • A la compatibilidad total o parcial de la percepción del Salario Social Complementario (SSC) o del Incentivo para la Inclusión Laboral (IIL) con los ingresos obtenidos a partir de un vínculo laboral formal cuando la reglamentación así lo establezca.
  • A conservar la pertenencia al Programa por el término de doce (12) meses para el caso del ingreso al mercado formal de empleo.
  • A acceder a un régimen tributario integrado y simplificado destinado a los pequeños contribuyentes extremo que importa una cobertura de salud y aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
  • A la finalización de los estudios formales o de los procesos formativos de aquellos beneficiarios que los tengan pendientes.
  • A Solicitar la revisión y efectuar los reclamos ante el Ministerio de Desarrollo Social como instancia neutral frente a la suspensión parcial o definitiva por parte de la Unidad de Gestión o Certificación.
  • A Solicitar cambio de Unidad de Gestión o Certificación en cualquier momento del año, y cada nueve meses, a través del formulario web www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/potenciartrabajo/cambiodeug

ANSES Potenciar Trabajo: Cómo denunciar un mal uso del Plan

La Carta tiene el objetivo, según informan desde la Secretaría de Economía Social dependiente Ministerio de Desarrollo Social, de " evitar manejos indebidos de las organizaciones en su ejecución y difundir los canales de reclamo y denuncia existentes".

En ese sentido, se resalta la ilegalidad de que un beneficiario pueda recibir de alguna persona o autoridad de las Unidades de Gestión o Certificación del Programa Potenciar Trabajo:

  • La exigencia de entregar dinero como “aporte” o “cuota” bajo amenaza.
  • La exigencia de participar de actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza distinta a las laborales o educativas del programa.

En caso de que ello suceda, se debe realizar la denuncia por alguno de estos canales:

  • Líneas telefónicas 4320-3360/3380 - 4320-3384/3385 0800-222-3294
  • Correo electrónico: [email protected] ó direccióndegestió[email protected]
  • Web: desarrollosocial.gob.ar/denuncias/
  • Mesa de entradas
  • Oficinas de la SES o del MDS habilitadas para este fin
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