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AUH de ANSES: quiénes pueden cobrar más de $90.000 por única vez

ANSES activa un bono de $90.000 por única vez para quienes cumplan ciertos requisitos. Enterate qué grupo puede acceder y qué documentación se necesita.

AUH de ANSES: quiénes pueden cobrar más de $90.000 por única vez

AUH de ANSES: quiénes pueden cobrar más de $90.000 por única vez

ANSES confirmó el pago de un bono extraordinario para AUH y beneficiarios del sistema APU a partir de mayo 2025. Se trata de un refuerzo económico que alcanza hasta los $92.949 y se otorgará por única vez junto a las prestaciones mensuales. Esta medida forma parte de las actualizaciones que el organismo implementa en línea con la Ley de Movilidad.

Además del aumento del 2,8% en jubilaciones y asignaciones sociales, los titulares de ciertas prestaciones podrán solicitar esta Asignación de Pago Único (APU), siempre que cumplan los requisitos establecidos y no superen los límites de ingresos familiares.

Quiénes pueden acceder al bono único de ANSES

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Qué requisitos se necesitan para el bono de más de $90.000 si recibís la AUH de ANSES

Qué requisitos se necesitan para el bono de más de $90.000 si recibís la AUH de ANSES

ANSES otorgará este refuerzo a personas que atraviesen eventos familiares significativos, como nacimientos, matrimonios o adopciones. El monto depende del tipo de trámite y se cobra solo una vez. Los nuevos valores actualizados para mayo son:

  • Nacimiento: $62.075

  • Matrimonio: $92.949

  • Adopción: $371.167

Los grupos habilitados para solicitar este beneficio incluyen trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios de ART, trabajadores rurales o de temporada, personas que cobren la Prestación por Desempleo y titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.

Para acceder, los ingresos individuales no deben superar los $1.958.746, y los del grupo familiar no deben superar los $3.917.492.

Qué documentación necesitás y cómo iniciar el trámite

El trámite para cobrar el bono de ANSES debe iniciarse dentro de los dos meses posteriores al hecho ocurrido, como el nacimiento, matrimonio o adopción. La documentación requerida es la siguiente:

  • DNI del titular y del menor (si corresponde).

  • Acta o certificado de matrimonio, nacimiento o sentencia de adopción.

El proceso se puede realizar de forma presencial en las oficinas de ANSES con turno previo o a través del canal de Atención Virtual en el sitio web oficial.

Es importante mantener los datos personales y del grupo familiar actualizados en Mi ANSES para evitar demoras en la acreditación del beneficio.

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