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Ministerio de Salud: informa los controles sanitarios y el cumplimiento del calendario de vacunación.
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Secretaría de Educación: aporta la información correspondiente a la escolaridad de los niños y adolescentes que deben acreditar ese requisito.
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ANSES: recibe los datos y verifica el cumplimiento de las condiciones para liquidar el monto reservado.
La normativa establece que el intercambio de información debe realizarse de manera segura entre los organismos involucrados.
El cambio apunta especialmente a reducir los trámites que deben realizar las familias para acreditar requisitos que ya se encuentran registrados en los sistemas oficiales.
¿Qué pasa si ANSES no encuentra los datos de salud o educación?
La automatización no elimina la posibilidad de presentar documentación. Si los sistemas oficiales no cuentan con la información necesaria, existe una inconsistencia o el cruce no permite comprobar alguno de los requisitos, el titular podrá acreditar el cumplimiento por las vías que determine ANSES.
Esto significa que la presentación de la Libreta queda como una alternativa de respaldo para los casos en los que la información no pueda validarse automáticamente.
Por eso, las familias deberán revisar periódicamente la información disponible en mi ANSES y verificar que los datos correspondientes a cada hijo estén correctamente registrados.
El esquema ya contempla que la Libreta AUH pueda acreditarse mediante el cruce automático de datos y que solo sea necesario presentar documentación cuando no sea posible verificar los controles.
¿Qué requisitos debe cumplir una familia para cobrar el 20% de la AUH?
El cambio es administrativo y no elimina las condiciones que dan derecho al cobro del porcentaje retenido. La normativa mantiene la obligación de acreditar los controles sanitarios, el calendario de vacunación y, para los niños en edad escolar, el cumplimiento del ciclo educativo correspondiente.
Los principales requisitos son:
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Hasta los 4 años inclusive: controles de salud y vacunación obligatoria.
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Desde los 5 años: controles sanitarios, vacunación y acreditación de la escolaridad correspondiente.
- La información debe poder ser verificada por los organismos oficiales o, cuando esto no sea posible, acreditada mediante la documentación correspondiente.
ANSES mantiene el esquema general por el cual el 80% de la AUH se paga mensualmente, mientras que el 20% restante queda sujeto a la acreditación de las condiciones establecidas.
La novedad consiste en que esa acreditación puede realizarse automáticamente mediante el intercambio de información, evitando que el titular deba iniciar un trámite cuando todos los datos requeridos ya estén disponibles en los registros oficiales.
¿Cuándo cobra la AUH de ANSES en octubre de 2026?
El calendario de octubre contempla el pago mensual de la AUH de acuerdo con la terminación del DNI. Las fechas informadas para el 80% mensual son:
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DNI terminado en 0: jueves 8 de octubre.
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DNI terminado en 1: viernes 9 de octubre.
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DNI terminado en 2: martes 13 de octubre.
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DNI terminado en 3: miércoles 14 de octubre.
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DNI terminado en 4: jueves 15 de octubre.
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DNI terminado en 5: viernes 16 de octubre.
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DNI terminado en 6: lunes 19 de octubre.
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DNI terminado en 7: martes 20 de octubre.
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DNI terminado en 8: miércoles 21 de octubre.
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DNI terminado en 9: jueves 22 de octubre.
El 80% mensual es el importe que ANSES abona de manera regular, mientras que el porcentaje acumulado queda sujeto al cumplimiento y acreditación de las condiciones de salud, vacunación y educación correspondientes.