Además de las compras con tarjeta de débito, el reintegro se realiza también para las operaciones abonadas bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
Jubilados y AUH: Quiénes pueden acceder al reintegro
El beneficio de AFIP está orientado a los sectores más vulnerables, por lo tanto los beneficiarios que pueden aprovecharlo son:
- Personas que cobren la jubilación mínima.
- Personas que perciban una pensión mínima por fallecimiento.
- Personas beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc.).
- Personas que sean titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
- Personas que sean titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
En caso de tener dudas si estás habilitado o no, es posible ingresar a este link https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx para consultar si la CUIL o CUIT que ingresaste está incluida dentro de la nómina de beneficiarios.
Jubilados y AUH: Qué puedo comprar y hasta cuándo
El reintegro que realiza la AFIP a los beneficiarios de ANSES abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente, que se encuentren inscriptos ante la AFIP. También están alcanzados los kioscos, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.
En la misma resolucion que anuncia el aumento del tope de devolución, se informa que el beneficio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023 y no vencerá el 30 de junio como estaba previsto.