La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció las nuevas cifras que regirán los haberes de jubilados y pensionados a partir de marzo, tras la aprobación del aumento establecido en la Ley de Movilidad.
Se confirmó el pago de un gran monto para pensionados. En la próxima acreditación, los titulares de esta pensión recibirán $107,556,24, calculados como el 80% de una jubilación mínima.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció las nuevas cifras que regirán los haberes de jubilados y pensionados a partir de marzo, tras la aprobación del aumento establecido en la Ley de Movilidad.
En este contexto, el monto mínimo ascenderá de $105,713 a $134,445, mientras que la máxima se elevará de $711,346 a $904,689,54, aunque estos números deben ajustarse restando el 3% correspondiente al aporte al PAMI.
Además del aumento en las jubilaciones, se estableció nuevos montos para la Pensión para Adultos Mayores (PUAM) en marzo. En la próxima acreditación, los titulares de esta pensión recibirán $107,556,24, calculados como el 80% de una jubilación mínima. Este beneficio está destinado a personas mayores de 65 años que no hayan alcanzado los 30 años de aportes requeridos.
A pesar de estos incrementos, el porcentaje se sitúa significativamente por debajo de la inflación proyectada para el trimestre, ya que solo representa un 27% desde diciembre, mientras que se estima que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) podría alcanzar el 60%.
En consonancia con lo anticipado por el Ministro de Economía, Luis Caputo, el Gobierno ha confirmado el pago de un bono de $70,000 para aquellos jubilados y pensionados que perciban hasta un haber mínimo, anteriormente establecido en $55,000. Este impulso económico está dirigido a diversos grupos, incluyendo los titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES, beneficiarios de la PUAM, y personas que reciben pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, y otras pensiones graciables a cargo de la ANSES.
Para facilitar el cobro, se han establecido fechas de pago diferenciadas según la terminación del DNI y si el monto supera o no el haber mínimo. Los jubilados y pensionados cuyos ingresos no superen el mínimo podrán cobrar según la siguiente programación:
En cambio, para aquellos que superen el haber mínimo, las fechas de pago son las siguientes: