Los monotributistas que durante 2021 hayan pagado por al menos 9 meses en tiempo y forma las obligaciones mensuales, accederán al beneficio del reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.

Los monotributistas que durante 2021 hayan pagado por al menos 9 meses en tiempo y forma las obligaciones mensuales, accederán al beneficio del reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.
Durante el 2021, la AFIP reintegró más de $ 973 millones a más de 484.000 pequeños contribuyentes que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito.
El reintegro se suma a distintas medidas implementadas para las y los monotributistas como los Créditos a Tasa Cero o la moratoria que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas.
La condición para que los monotributistas cumplidores accedan al beneficio del reintegro es haber efectuado todos tus pagos mediante las siguientes modalidades:
El principal cambio es que la AFIP dispuso, de manera excepcional, reducir de 12 a 9 meses del año calendario la condición para calificar como cumplidor y, así, cobrar el reintegro.
Según la resolución, que lleva la firma de Mercedes Marcó del Pont, titular de la AFIP, el reintegro se hará en 2022. Y será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por los pequeños contribuyentes cumplidores.
Para adherirte al débito, debés comunicarte con la entidad administradora.
Para solicitar la adhesión del débito automático en tu cuenta bancaria en pesos, hay tres alternativas:
Recordá tener a mano tu número de CUIT y de CBU (Clave Bancaria Uniforme).