Sin embargo, el dato más importante para los beneficiarios de menores ingresos es que el Gobierno decidió mantener el bono extraordinario de $70.000, medida que fue oficializada mediante el Decreto 532/2026.
Gracias a este refuerzo, ningún jubilado que perciba el haber mínimo cobrará menos de $481.787,67 durante julio.
Quiénes cobran el bono extraordinario de ANSES
El bono de $70.000 no está destinado únicamente a los jubilados que cobran el haber mínimo. También alcanza a otros beneficiarios del sistema previsional administrado por ANSES.
Entre quienes pueden recibir este refuerzo se encuentran:
- Jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo.
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez y vejez.
- Madres de siete hijos o más que cobran una pensión no contributiva.
En el caso de la PUAM, el ingreso total de julio llegará a $399.430,13, mientras que las Pensiones No Contributivas por invalidez y vejez alcanzarán los $358.251,36.
Por su parte, las madres de siete hijos o más continuarán percibiendo un ingreso equivalente a la jubilación mínima con bono, es decir, $481.787,67.
Cómo se paga el bono a quienes cobran más de la mínima
ANSES recordó que el bono se paga de manera completa únicamente a quienes perciben el haber mínimo.
En cambio, los jubilados y pensionados cuyos ingresos sean superiores recibirán un bono proporcional, calculado de forma tal que el total de ingresos no supere el piso establecido para julio.
De esta manera, el organismo mantiene el mismo esquema aplicado en los últimos meses para reforzar los ingresos de quienes se encuentran en los niveles más bajos del sistema previsional.
Calendario de pagos: cómo impacta el feriado del 9 de julio
El cronograma de pagos de julio también presenta modificaciones debido al feriado nacional por el Día de la Independencia.
Las acreditaciones comenzarán el 8 de julio, pero luego se interrumpirán por el feriado y el fin de semana largo antes de retomarse.
Jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio.
- DNI terminado en 2: 13 de julio.
- DNI terminado en 3: 14 de julio.
- DNI terminado en 4: 15 de julio.
- DNI terminado en 5: 16 de julio.
- DNI terminado en 6: 17 de julio.
- DNI terminado en 7: 20 de julio.
- DNI terminado en 8: 21 de julio.
- DNI terminado en 9: 22 de julio.
Jubilaciones y pensiones superiores al haber mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio.
- DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio.
- DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio.
- DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio.
- DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio.