Alivio fiscal

AFIP prolongó los beneficios de los planes de pago para PyMES

En el marco de la crisis generada por la pandemia, la entidad decidió extender la moratoria que permite la regularización de las obligaciones vencidas al 31 de agosto, hasta en 120 cuotas a una tasa inicial de 1,5%. Todo el detalle.
Para Hermida

Para Hermida, "no se aumentan los mínimos no imponibles como corresponde y esto aumenta la presión fiscal".

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que hasta el 31 de marzo próximo los contribuyentes podrán cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%. Además, la entidad también extendió los beneficios de la moratoria para generar planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles.

Las medidas apuntan a colaborar en el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y forman parte de las herramientas puestas a disposición por la AFIP para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19.

A través de un comunicado, el organismo recordó que la extensión de los beneficios se suma a las herramientas excepcionales disponibles para regularizar pasivos, como son la moratoria y la condonación de deudas.

Tal como viene sucediendo desde el año pasado, la moratoria permite la regularización de obligaciones vencidas al 31 de agosto en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de 1,5%, dependiendo del tipo de contribuyente.

La adhesión al plan de regularización se podrá realizar hasta el 15 de marzo de 2022, mientras que la primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el 16 de cada mes.

En cuanto a la condonación de deudas inferiores a $100.000 para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas, la moratoria permite incluir deudas vencidas al 31 de agosto de 2021, herramienta que estará vigente hasta el 2 de marzo.

Según la Resolución General aprobada, el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones correspondientes al período fiscal 2020.

El beneficio alcanza a los monotributistas incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E.

El SIPER es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

Se habló de
-

Últimas Noticias