El alcohol: tercero entre los factores de riesgo de muerte prematura y discapacidad
La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que son varios los factores que aumentan la probabilidad de ocurrencia de siniestros viales. Entre ellos, las conductas viales inseguras son preponderantes. El exceso de velocidad, las distracciones al conducir y el consumo de alcohol u otras sustancias psicoactivas previo a conducir un vehículo son los principales factores de riesgo con relación a la producción de los siniestros de tránsito.
La OMS subraya que la conducción bajo los efectos del alcohol aumenta el riesgo de siniestralidad vial con desenlace fatal o lesiones graves.
Según el organismo, el alcohol ocupa el tercer lugar entre los principales factores de riesgo de muerte prematura y discapacidad a nivel mundial y es el principal factor de riesgo de muerte y discapacidad para las personas de entre 15 y 49 años.
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"Nadie está diciendo que no se consuma alcohol, sino que no se consuma cuando uno va a conducir", afirma un especialista (Foto: archivo).
El odontólogo Sergio Kohen, referente de la organización Conduciendo a Conciencia, explicó a A24.com que "las actividades que requieren concentración y que requieren una sensibilidad especial para poder desarrollarlas no son compatibles con el alcohol en sangre".
"Nadie está diciendo que no se consuma alcohol, sino que no se consuma cuando uno va a conducir", aclaró Kohen, al tiempo que advirtió sobre la contradicción de que el alcohol esté prohibido para el transporte profesional (camiones, taxis, por ejemplo), pero no para los particulares.
"No es una discusión política, no es una discusión de gobierno, es una discusión de sentido común. Sabemos que el alcohol es un depresor del sistema nervioso central, tiene efectos nocivos para la precisión de las maniobras y/o reflejos que debería tener para conducir", indicó.
Por último, Kohen subrayó: "Si te vas a subir a un vehículo donde comprometés tu vida y la de los demás, no podés tener alcohol en sangre".
Cómo es la ley vigente y qué significa alcohol cero
La actual Ley de Tránsito 24.449 establece, para cualquier tipo de vehículos, una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5) de alcohol por litro de sangre; para motocicletas o ciclomotores, hasta 200 miligramos (0,2); y para transporte de pasajeros de menores y de carga, alcohol cero.
En tanto, la "tolerancia cero" con el alcohol ya se implementa en siete provincias y 13 localidades del país, donde se obtuvieron mejores resultados que la normativa actual.
Actualmente, las provincias de Córdoba, Salta, Tucumán, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro y Santa Cruz, y ciudades como Mar del Plata, Santa Fe, Rosario, Posadas, Moreno, Tigre y Ezeiza, entre otras, tienen normativa de alcohol cero en sus territorios.
Los proyectos que se evalúan
Entre los proyectos que se encuentran en estudio, el impulsado por el diputado Ramiro Gutiérrez (Frente de Todos) establece la prohibición a los conductores de todo tipo de vehículos para circular con cualquier concentración de alcohol en sangre superior a cero.
Además, la Agencia Nacional de Vialidad elaboró un proyecto conjunto con el Ministerio de Salud de la Nación, la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR), el Consejo Federal de Seguridad Vial y legisladores nacionales.
El segundo artículo de dicho proyecto incorpora como artículo 17 bis de la Ley N° 24.788 que "queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor con una concentración de alcohol superior a cero (0) miligramos de alcohol por litro de sangre", al tiempo que sustituye el inciso a), del artículo 48, de la Ley N° 24.449, por el siguiente: "Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero (0) miligramos de alcohol por litro de sangre".