Pero, ¿quiénes son los beneficiarios?
"El requisito fundamental es estar inscripto en cualquier categoría del monotributo y, en los casos de los contribuyentes de las categorías A y B no encontrarse alcanzados por el beneficio del IFE", explicaron desde la AFIP, y precisaron también que "no existe limitación por grupo familiar".
El monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 tuvo que haber caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado el potencial beneficiario.
Los que se inscriban no deben prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, y tampoco percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
"En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado", agregaron desde la AFIP.
A su vez, se hizo hincapié que "no habrá parámetros patrimoniales".
¿Cómo se otorgará el crédito?
El comunicado "A" 6993 del Banco Central (BCRA) fijó que "desde el momento en que la solicitud sea presentada, la entidad financiera contará con hasta 2 días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación".
El crédito será otorgado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000 para las categorías D en adelante; y de hasta $104.370 para la categoría C.
La acreditación funcionará como un aumento en el saldo límite para consumo en las tarjetas y, en caso de no agotarse el total asignado para el mes, podrá acumularse para los períodos siguientes hasta que se complete el gasto.