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Nuevas reglas para los supermercados: evitar aglomeraciones, horario extendido y señalizaciones

23 de marzo de 2020 - 07:56
Nuevas reglas para los supermercados: evitar aglomeraciones, horario extendido y señalizaciones

A través de la Resolución 101/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso obligaciones para los supermercados con el objetivo de evitar el tránsito innecesario e incorrecto de las personas, y con ello la propagación de la pandemia de coronavirus que tiene al mundo en vilo y que en la Argentina ya infectó a 266 ciudadanos hasta la fecha.

Mediante este comunicado, la Secretaría de Comercio Interior determinó que los establecimientos comerciales deberán brindar un “horario de atención al público de al menos 13 horas diarias” para evitar la concentración de los clientes y que ellos puedan satisfacer sus necesidades comerciales.

Los supermercados deben “disponer de personal específicamente destinado a controlar el acceso y evitar aglomeraciones en los locales de venta” en función de la superficie de los mismos, a fin de mantener una óptima relación entre espacio y asistentes.

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Los lugares de espera deberán estar señalizados para que los clientes mantengan entre sí una distancia de un metro y medio (1,5 m), tanto en línea de caja como en cualquier sector donde se deba hacer fila para ser atendidos.

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Los lugares de espera deberán estar señalizados para que los clientes mantengan entre sí una distancia de un metro y medio (1,5 m), tanto en línea de caja como en cualquier sector donde se deba hacer fila para ser atendidos.

Los súper deberán disponer en los pisos de ventas de banners, audios y materiales de prevención que ayuden a concientizar sobre el distanciamiento requerido.

Los comercios que quedan exceptuados de esta disposición, son las supertiendas, autoservicios de productos alimenticios, autoservicios de productos no alimenticios; cadenas de negocios minoristas; organizaciones mayoristas de abastecimientos; tipificadores-empacadores de productos perecedores; y centros de compras.

Los incumplimientos a la presente norma serán sancionados de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias”, señala la nueva resolución, que “entrará en vigencia el día de su emisión (este lunes) y por un período de treinta (30) días corridos, el cual podrá ser prorrogado en caso de necesidad”.

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