Se podrá asistir a centros de día y clubes de adultos mayores con un aforo del 70% cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces. Además, las reuniones sociales en domicilios particulares se podrán realizar hasta 20 personas.
Por otra parte, en espacios abiertos se podrán hacer excursiones y actividades turísticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente, que se efectúen exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada.
También se podrán llevar adelante reuniones y actividades en espacios públicos de hasta 100 personas. Asimismo, se podrán autorizar los viajes en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo de COVID-19 en el mismo período.
Actividades suspendidas
En contrapartida, quedan suspendidos los eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración mayor a 1.000 asistentes.
También están prohibidas las reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.
Lo mismo sucede con los viajes grupales de egresados jubilados y jubiladas y grupales de estudiantes o similares, las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 100 personas, las actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.