Si la persona en cuestión no está alcanzada por el Impuesto a las Ganancias ni por el de Bienes Personales deberá tramitar este reintegro directamente con la AFIP.
Los sujetos deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), un Domicilio Fiscal Electrónico y una Clave Fiscal, obtenida de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 3.713. Además, tendrán que informar el CBU de la cuenta bancaria propia, donde se depositará el saldo a favor.
A continuación, los pasos a seguir para solicitar la devolución de las retenciones:
- 1) Ingresar con “Clave Fiscal” al servicio “Mis Aplicaciones Web”.
- 2) Seleccionar la opción “Nuevo”. Se abrirá una nueva pantalla donde se tiene que seleccionar nombre y los siguientes campos: Organismo (AFIP); Formulario: F746/A - Devoluciones y transferencias; Período Fiscal: indicar el período por el cual se solicita la devolución, con el formato AAAAMM. Finalmente, seleccionar “Aceptar”.
- 3) A continuación el sistema mostrará el detalle de percepciones registradas en “Mis Retenciones” para ese período. Se debe tildar cuáles son las que se quiere tramitar en devolución.
En tanto, aquellas operaciones que se hayan realizado en lo que va 2021, si bien los empleados deben informarlas mensualmente a través del mismo formulario web 572, recién se podrán computar en la liquidación anual o final.