Salarios

Aumento para EMPLEADAS DOMÉSTICAS: a cuánto sube la hora en abril y mayo

Ninguna trabajadora cobrará menos de $2.000 por hora por la tarea realizada durante el mes de abril. El detalle según la función de cada una.

Aumento para EMPLEADAS DOMÉSTICAS: a cuánto sube la hora en abril y mayo (Foto: archivo).

Aumento para EMPLEADAS DOMÉSTICAS: a cuánto sube la hora en abril y mayo (Foto: archivo).

Los salarios de las empleadas domésticas subieron un 11% en abril, por lo que los empleadores deberán pagar en los primeros días de mayo sueldos que partirán desde $2.170,50 la hora. El incremento coincide con la última medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) realizada por el INDEC, que fue justamente del 11%.

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Empleadas domésticas: cómo quedan los salarios en abril 2024

Con el último aumento de sueldo que consiguieron las empleadas domésticas sobre sus salarios de marzo, así cobrarán durante abril de 2024:

Supervisora (Primera Categoría)

  • $2.357,73 la hora (con retiro)
  • $2.582,67 la hora (sin retiro)
  • $294.160,11 mensual (con retiro)
  • $327.660,99 mensual (sin retiro)

Personal para tareas específicas (Segunda Categoría)

  • $2.232.15 la hora (con retiro)
  • $2.447,43 la hora (sin retiro)
  • $271.911,06 mensual (con retiro)
  • $304.219,62 mensual (sin retiro)

Las empleadas domésticas recibieron un total de 35% de aumento en el último bimestre (Foto: archivo).

Caseros (Tercera Categoría)

  • $2.108,64 la hora
  • $266.639,46 mensual

Cuidado de personas (Cuarta Categoría)

  • $2.108,64 la hora (con retiro)
  • $2.357,73 la hora (sin retiro)
  • $266.639,46 mensual (con retiro)
  • $297.141,60 mensual (sin retiro)

Tareas generales (Quinta Categoría)

  • $1.954,77 la hora (con retiro)
  • $2.108,64 la hora (sin retiro)
  • $239.786,04 mensual (con retiro)
  • $266.639,46 mensual (sin retiro)
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Escalas empleadas domésticas mayo 2024: precio por hora

Primera Categoría: Supervisora

  • $2.617,50 la hora con retiro
  • $2.867,50 la hora sin retiro
  • $326.518 mensual con retiro
  • $363.704 mensual sin retiro

Segunda Categoría: Personal para tareas específicas

  • $2.478,50 la hora con retiro
  • $2.717 la hora sin retiro
  • $303.354 mensual con retiro
  • $37.684,50 mensual sin retiro

Tercera Categoría: Caseros

  • $2.108,64 la hora
  • $295.970 mensual

Cuarta Categoría: Cuidado de personas

  • $2.341 la hora con retiro
  • $2.617,50 la hora sin retiro
  • $295.970 mensual con retiro
  • $329.828 mensual sin retiro

Quinta Categoría: Tareas generales

  • $2.170,50 la hora con retiro
  • $2.341 hora sin retiro
  • $266.163,50 mensual con retiro
  • $295.970 mensual sin retiro

Empleadas domésticas: los adicionales

Los montos mencionados hasta el momento son los básicos que se deben abonar a los empleados del servicio doméstico, pero a eso se le deben sumar algunos adicionales, en los casos que corresponda. Por un lado, se debe tener en cuenta que rige un adicional salarial por “antigüedad”, equivalente a un 1% por cada año de antigüedad del trabajador en su relación laboral, sobre los salarios mensuales. Este adicional se abona mensualmente a partir del 1 de septiembre de 2021. El tiempo de servicio, a los fines de este adicional por antigüedad, comenzó a computarse a partir del 1 de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.

La legislación vigente indica además que se debe abonar a los trabajadores un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

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En otro punto, se aclara que para aquellos trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 (empleados formales del servicio doméstico), que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, debe percibir su salario considerando el importe establecido para la modalidad retributiva “mensual”, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Respecto de quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, el salario se debe liquidar de acuerdo a la modalidad retributiva “por hora”.

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