Billeteras virtuales: los nuevos límites de montos dispuestos por AFIP
De esta manera, a partir de ahora, los montos mínimos con obligación de informar acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas se subieron de $200.000 a $700.000.
Además, los consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales ahora deberán ser informados cuando superen los $400.000, en comparación con el umbral anterior de $120.000.
Asimismo, se han ajustado los montos establecidos en la Resolución General N° 4614, que aplica a los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP). En este caso, el umbral para informar ingresos o egresos totales se elevó de $120.000 a $400.000, y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000.
Para ambos regímenes de información, se ha implementado una cláusula de actualización semestral basada en el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) publicado por el INDEC.