Los fondos se destinarán al pago de capital e intereses de pasivos en el exterior, utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados, y repatriación de inversiones directas de no residentes. En tanto, si los cobros de las exportaciones no se aplicaran inmediatamente a los usos previstos, los fondos podrán ser depositados hasta su utilización en cuentas en el exterior de entidades financieras argentinas y/o en cuentas locales en moneda extranjera en bancos argentinos.
Entre los requisitos, quienes utilicen este régimen, que tendrá una duración de 15 años, deberán presentar un proyecto de inversión no menor a U$S 100 millones, por lo que no serán consideradas las colocaciones financieras y/o de portafolio, la fusión o adquisición de empresas o la compra de cuotas y/o acciones o participaciones societarias.