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Oficializan la suspensión de un impuesto para evitar una nueva suba de combustibles

Oficializan la suspensión de un impuesto para evitar una nueva suba de combustibles

En qué consiste. De acuerdo con esa norma, el presidente decretó que "el incremento en los montos del impuesto establecidos en el primer párrafo del artículo 4° del Capítulo I del Título III de la Ley N° 23.966” tendrá efectos “para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1 de julio de 2019, inclusive”.

Qué más plantea. En los considerandos de la medida, se estableció que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizará los montos del impuesto, en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando, en cada caso, la variación del IPC que suministre el INDEC correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se efectúe".

Al mismo tiempo, el decreto subraya que "las circunstancias actuales y la necesaria estabilización de los precios ameritan que la actualización realizada en el mes de abril de 2019, surta efectos a partir del 1 de julio de 2019”.

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