- CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 el 23 de junio
- CUIT terminados en 4, 5 y 6 el 24 de junio
- CUIT terminados en 7, 8 y 9 el 27 de junio
La fecha de pago es la del día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada.
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¿Cuál es la nueva fecha de vencimiento del impuesto a las Ganancias?
¿Por qué la prórroga es "insuficiente" para los contadores?
La medida ocurre debido a que el organismo habilitó los aplicativos en la web oficial con 20 días hábiles de anticipación a la fecha límite, restando poco tiempo para el correcto cumplimiento de las obligaciones por parte de los profesionales en Ciencias Económicas y los contribuyentes.
El problema para los profesionales es que la demora de la AFIP provocó acumulación de tareas administrativas de parte de los estudios.
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), exigió un plazo mínimo de 60 días, desde la puesta a disposición de los servicios necesarios para la presentación de declaraciones juradas y sus pagos.
“Lo que complicó es que esta decisión se tomó de un día para el otro. Muchos profesionales invertimos en estas herramientas para cumplir con las obligaciones de nuestros clientes” e insistió: “Pedimos que haya más empatía porque hoy somos intermediarios y asesores fundamentales. Este tipo de decisiones atrasa 2 años”.
En este contexto, AFIP recibió los planteos y se comprometió a analizarlos con el objetivo de que la tarea de profesionales y contribuyentes no se vea afectada por la nueva Disposición.