Entidades exceptuadas. Según se publicó este martes en el Boletín Oficial bajo el decreto 263/2018, el personal que queda marginado de este beneficio es el que pertenece a las Fuerzas Armadas; Seguridad y Policiales; AFI; personal docente; profesionales de la salud, del servicio exterior o científico técnico. Tampoco están incluidos los procesados por delitos contra la administración pública; personal sometido a un sumario administrativo; y personal con reclamos administrativos o demandas con la APN.
Quiénes pueden acceder al beneficio. Las tres opciones para acceder al régimen son tener 65 años o más y que no cuenten con el tiempo de servicio para jubilarse; tener entre 60 y 65 años; o tener hasta 60 años de edad con dos o más años de antigüedad en la administración pública. Aquellos que cumplan con alguno de estos requisitos podrán recibir retribuciones que van desde las 24 a las 36 cuotas mensuales, que equivalen al salario neto y la obra social.