Qué argumentos brindó la Junta Electoral bonaerense
La Junta Electoral bonaerense determinó ayer rechazar "la reimpresión de la totalidad de las boletas únicas papel (BUP) del distrito Buenos Aires para la elección general del 26 de octubre de 2025, por resultar material, temporal y jurídicamente inviable".
De esa manera, ratificaron las boletas ya impresas con "plena validez" y "vigencia" como instrumento de votación el 26 de octubre próximo.
El primer argumento que expuso la Junta Electoral bonaerense es la negativa del resto de las fuerzas políticas a la "reimpresión total de la boleta única papel solicitada, exponiendo argumentos de orden jurídico, presupuestario, técnico y de igualdad electoral".
En cuanto a la cuestión presupuestaria, se remarcó que el cambio hacia este sistema de votación "tuvo como principio rector el ahorro y la eficiencia en el gasto electoral". Por eso, indicó que la "razón por la cual autorizar la reimpresión total de las boletas de la provincia más extensa del país implicaría un doble gasto injustificable".
La resolución también alude al informe que la Justicia le solicitó al Ministerio del Interior, que informó que el costo estimado de una eventual reimpresión de la totalidad de las boletas únicas papel (BUP) ascendería a $12.169.655.000.
Sobre el informe solicitado al Correo Argentino, advirtió sobre el riesgo que implicaría "cualquier retraso en la entrega de las boletas" de las que marca el calendario de esa entidad "tornaría imposible garantizar la distribución completa del material electoral en plazo útil, incluso desplegando el máximo de recursos logísticos disponibles".
La segunda disputa por el encabezamiento de la lista
La otra disputa que mantiene el Gobierno con la Justicia electoral tiene que ver con la decisión sobre quién debe reemplazar a Espert en la primera candidatura para la provincia de Buenos Aires.
Sobre esa discusión, el fiscal federal Ramiro González le propuso a la Cámara Nacional Electoral que se confirme la decisión de primera instancia y que sea Karen Reichardt la que finalmente encabece la lista de diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA).
El dictamen de 10 páginas, al que A24.com tuvo acceso, el fiscal manifestó que en caso de renuncia de un primer candidato a diputado varón, el Código Electoral prevé que el reemplazo sea por “corrimiento” de la lista. Si los candidatos y candidatas suben un lugar, se cumple con la ley de paridad de género sin necesidad de reemplazar al varón por otro varón y que esa situación ya está prevista en la ley electoral, mencionó el fiscal González.
El problema se presenta con la interpretación literal del artículo 7 del decreto reglamentario de la Ley de Paridad, Nro. 27.412 que pretenden los apoderados de la Libertad Avanza. El fiscal sostiene que “una aplicación literal de la norma de sustitución en el contexto concreto del caso, para empezar, contradice el principio de progresividad y no discriminación en lo que a derechos de participación política de las mujeres se refiere”.
El fiscal argumentó que la reformulación propuesta por los apoderados supone, no solo que la segunda candidata deje de ascender un lugar en la lista, sino que otros 16 candidatos varones queden en mejor posición de ser electos y pasen por encima de las candidatas mujeres que originalmente se les anteponían. Afirma que si esto se convalidara, “una parte importante del grupo histórica y estructuralmente en desventaja en favor del cual se promueve la acción afirmativa, sería lesionado producto de su aplicación”.
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