”Si la empresa contrata un seguro ante la imposibilidad de poder hacer el viaje listo ya es suficiente, porque la compañía de seguros les reintegrará las cuotas abonadas a las familias en ese momento”, aclaró el ministro.
"Las disposiciones del Reglamento aprobado por el Artículo 1° entrarán en vigencia a los 20 días desde su publicación en el Boletín Oficial", repasó el artículo 4° del texto firmado por el titular del área Daniel Scioli.
Viajes de egresados: sin Cuota Cero, ¿qué va a pasar con las coberturas?
El artículo 4° del Reglamento Turismo Estudiantil actualizado este miércoles establece que a efectos de lo dispuesto en el artículo 7º, inciso e) de la Ley Nº 25.599 y su modificatoria, los Operadores de Turismo Estudiantil deberán acreditar la constitución de las garantías correspondientes mediante la contratación de un seguro que cubra el reembolso de las cuotas abonadas por los usuarios, estudiantes y/o acompañantes.
Dicha cobertura deberá ser constituida con anterioridad a la fecha de vencimiento del primer pago. "Los turistas-usuarios o sus representantes legales, en caso de ser menores de edad, serán los beneficiarios de dicho seguro. El seguro de caución se emitirá conforme la normativa prevista por la Superintendencia de Seguros de la Nación", amplía el documento anexo.