El Gobierno oficializó la intervención de los medios públicos por un año y, al mismo tiempo, designó a dos funcionarios que estarán a cargo: Diego Martín Chaher y Diego Sebastián Marías.

El Gobierno intervendrá los medios públicos por un año (Foto: archivo).
El Gobierno oficializó la intervención de los medios públicos por un año y, al mismo tiempo, designó a dos funcionarios que estarán a cargo: Diego Martín Chaher y Diego Sebastián Marías.
La medida ya había sido anunciada la semana pasada, pero se confirmó este lunes con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 117/2024, que lleva las firmas del presidente Javier Milei y del ministro del Interior, Guillermo Francos.
Los medios que quedaron bajo intervención gubernamental son: Educ.ar, Télam, Radio y Televisión Argentina y Contenidos Públicos -que nuclea la TV Pública, Encuentro, Pakapaka, DeporTV y la plataforma Contar.
El abogado Diego Martín Chaher fue nombrado como interventor de Radio y Televisión Argentina, y “con carácter ad-honorem”, de Télam, Contenidos Públicos y Educ.ar, mientras que Diego Sebastián Marías fue designado interventor adjunto.
Los interventores deberán "elaborar un plan de reformulación, readecuación y acción para las sociedades, el cual deberá ser puesto a consideración del Poder Ejecutivo".
Además se encargarán de "evaluar, modificar el Estatuto para el Personal del organismo y aprobar uno nuevo", así como propiciar cambios "en el régimen de administración de fondos, ampliando o reduciendo las partidas presupuestarias o aprobar uno nuevo".
También podrán modificar "el Reglamento de Contrataciones de obras, bienes y servicios del organismo y cambiar "la denominación de los organismos, previa conformidad del Ejecutivo.
Las nuevas autoridades de los medios públicos también estarán en condiciones de "modificar la estructura orgánica y funcional, los organigramas correspondientes y los Regímenes Profesionales del Personal contratado, de planta permanente y de gabinete y/o aprobar una nueva", según se establece en el articulado de la norma.
Además podrán "revisar la administración de compras y contrataciones" y "disponer una auditoría integral sobre el estado de las instalaciones, bienes que se recepcionan y estado de los mismos".
Deberán "presentar la rendición de cuentas; operar y mantener las sociedades, de modo de optimizar la gestión administrativa con miras a tornar sustentable dichas empresas y designar y remover a funcionarios y personal de cada una de las sociedades mencionadas".
El decreto determina que tanto el interventor como el interventor adjunto puedan "vincularse a otros aspectos regulatorios, a acciones de auditoría y sanciones, a aspectos económico-financieros y a la protección de los derechos de los usuarios".
En caso de detectarse alguna anomalía, "deberán informar con precisión su significatividad económica y el impacto que ocasiona o ha ocasionado sobre la gestión, aportándose la totalidad de la información o documentos de trabajo respectivos y asesorando sobre las acciones y medidas que corresponda adoptar".
En el articulado se fija que "el interventor tendrá en forma exclusiva facultades de representación de las sociedades", y que el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, "dispondrá los ajustes necesarios en el Presupuesto de la Administración Pública Nacional a efectos de atender los requerimientos que surjan como consecuencia del presente acto".
Asimismo, se faculta a la Jefatura de Gabinete o al organismo que esta dependencia de Gobierno determine "a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación del presente".
En los fundamentos de esta normativa, se recuerda que esta decisión está en línea con el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 el diciembre de 2025.
La citada norma "tuvo en consideración que, a los fines de una mayor eficiencia en el funcionamiento del sector público, resulta necesario efectuar una profunda reorganización de las empresas públicas".
Y que mediante ese DNU se derogó la ley 20.705 y "se dispuso la transformación de las Sociedades o Empresas con participación del Estado en Sociedades Anónimas, acordes al régimen de la Ley General de Sociedades", se subraya en los fundamentos.