En rigor, se presentaron tres impugnaciones ante el Tribunal Electoral a la precandidatura de Jorge Macri por considerar que no cumplía con el requisito de tener una residencia no menor a cinco años en el distrito tal como lo dispone, a su entender, el artículo 97 de la Constitución porteña.
Ese artículo dice que "para ser elegido se requiere ser argentino, nativo o por opción; tener treinta años de edad cumplidos a la fecha de la elección; ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección".
Los argumentos de los jueces sobre la precandidatura de Jorge Macri
Para los jueces del TSJ Inés Weinberg, Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi las apelaciones fueron consideradas "inadmisibles", por lo cual evaluaron que Jorge Macri cumple con las condiciones para presentarse en las elecciones primarias de Juntos por el Cambio el próximo 13 de agosto.
En disidencia, la jueza Alicia Ruiz hizo lugar "a los recursos interpuestos" y votó por "revocar la sentencia del Tribunal Electoral y declarar que Jorge Macri no cumple con los requisitos estipulados en el artículo 97 de la Constitución local para postularse al cargo de Jefe de Gobierno".
En miércoles, el fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires Mahiques dictaminó que sean desestimadas las impugnaciones a la precandidatura a jefe de Gobierno porteño de Macri en una resolución dirigida al Tribunal Superior de Justicia.