Entre ellas, mantienen la prohibición de salir del país, deberán presentarse una vez por mes ante la Policía Federal, entregar sus documentos de viaje y abstenerse de mantener contacto con personas vinculadas a la ANMAT y al INAME.
Según el juez, las irregularidades detectadas en HLB Pharma y Laboratorios Ramallo eran conocidas dentro del sistema de control sanitario y existían herramientas administrativas para impedir que las compañías continuaran operando en esas condiciones. Kreplak también se refirió en su resolución a la actuación del Ministerio de Salud y según sostuvo, aunque el ministro conocía aspectos generales de la situación, hasta el momento no existen elementos suficientes para atribuirle responsabilidad penal.
De acuerdo con el fallo, las decisiones políticas adoptadas desde la cartera sanitaria estaban dirigidas a impedir que las empresas continuaran operando y no a facilitar su actividad. El magistrado diferenció esa actuación de las presuntas demoras y omisiones registradas dentro de la ANMAT y el INAME, organismos que tenían responsabilidades directas en la fiscalización.
El duro cuestionamiento contra la exdirectora del INAME
Uno de los puntos centrales de la resolución está relacionado con la actuación de Gabriela Mantecón Fumadó. Kreplak sostuvo que la entonces directora del INAME “tenía pleno conocimiento del mal funcionamiento de los laboratorios” y contaba con las facultades necesarias para adoptar medidas destinadas a proteger la salud pública.
Según la resolución, Mantecón se habría apartado de los plazos reglamentarios para emitir la carta correspondiente a Laboratorios Ramallo, mantuvo reuniones formales e informales con representantes de las empresas y demoró durante más de cuatro meses el proyecto de Carta de Advertencia contra HLB Pharma.
El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak. (Foto: archivo)
Por qué procesaron a la extitular de la ANMAT
El procesamiento de Nélida Agustina Bisio, quien estaba al frente de la ANMAT durante el período investigado, siguió una línea similar. Kreplak consideró que la exfuncionaria no podía desvincularse de lo que ocurría dentro del INAME, debido a que ese organismo dependía directamente de la ANMAT y ella conservaba facultades para intervenir ante una eventual inacción de sus subordinados.
El juez recordó además que fue la propia Bisio quien, el 12 de mayo de 2025, firmó la disposición que prohibió el uso y la comercialización del lote 31.202 de fentanilo HLB, cuando ya se habían registrado muertes.
Según el magistrado, la ex funcionaria conocía las irregularidades y funcionaba como nexo entre las decisiones políticas del Gobierno y las áreas técnicas responsables de ejecutarlas. Pese a ello, Kreplak le atribuyó una actitud “pasiva y permisiva” que habría favorecido la continuidad de las operaciones de los laboratorios.
Fentanilo contaminado: la causa ya contabiliza 134 víctimas y 90 muertes
La investigación judicial registra hasta el momento 134 víctimas relacionadas con los hechos investigados, de las cuales 90 fallecieron. Además, existen 47 querellas presentadas en el expediente.
Al establecer los embargos de $500.000 millones para cada una de las exfuncionarias, Kreplak tuvo en cuenta las eventuales indemnizaciones civiles, la cantidad de peritajes realizados y la magnitud económica que podría alcanzar la responsabilidad atribuida en la causa.