Y señala que "por tal motivo, corresponde brindar a los trabajadores y trabajadoras, tanto del sector público cuanto del sector privado en relación de dependencia, las garantías que derivadas de su relación de trabajo pudieran verse afectadas por esta contingencia, de manera tal que la misma no altere los derechos que le son normativamente reconocidos".
En ese marco, la resolución del Gobierno señala que "corresponde otorgarles con carácter excepcional licencia especial que permita cumplir con las prevenciones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación o en su caso con los protocolos y tratamientos médicos pertinentes sin que tal situación afecte cualesquiera de los elementos esenciales de su vínculo laboral, necesarios para cubrir los requerimientos básicos del grupo familiar".
¿Cómo funciona la licencia?
El artículo primero de la norma establece que se "otorgue licencia excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del sector público o privado en relación de dependencia que habiendo ingresado al país desde el exterior, en forma voluntaria permanezcan en sus hogares, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación".
El artículo segundo establece que "la licencia no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les correspondiere percibir".
En el tercer artículo ordena que la licencia excepcional por el coronavirus "no se computará a los fines de considerar toda otra prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador".
Aunque la resolución no establece los países que se tendrán en cuenta la procedencia de los pasajeros a los que se les otorgará la licencia excepcional como medida preventiva, el Ministerio de Salud dio a conocer en los últimos días un listado de los lugares infectados por numerosos casos de coronavirus, entre los que se destacan Italia, España, Francia, Irán, China, Japón y Estados Unidos.
Desde el Ministerio de Salud, señalan que "ante la situación mundial, en relación a COVID-19, que implica la posibilidad de ingreso a nuestro país de personas infectadas, se generaron las recomendaciones necesarias para la detección temprana y control de pacientes con posibilidad de presentar una enfermedad respiratoria aguda al ingreso a nuestro país".
La principal estrategia es la detección temprana y control de los casos posibles son informados y actualizados diariamente en la página web del Ministerio de Salud nacional, en base a recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.
En los Aeropuertos, Puertos y Pasos Fronterizos se está realizando difusión masiva de información para viajeros en relación a COVID-19, con el objetivo de generar conciencia acerca de la importancia de las medidas de prevención, los síntomas ante los cuales se debe solicitar atención y el teléfono de consulta ministerial sanitaria 0800-222-1002.