La fuerza que integran Cambiemos-Fuerza Cívica Riojana insistió con una interpretación distinta a la del PJ: que para ratificar la reforma era el oficialismo el que debía superar el 35% del padrón, algo que tampoco consiguió.
Cuál es el punto de la polémica. La redacción del artículo 84 de la Constitución provincial, que genera una doble lectura: “Toda propuesta que sea sometida a consulta popular obligatoria se tendrá por rechazada por el pueblo si una mayoría de más del 35% de los votos de los electores inscriptos en el Registro Electoral no la aprueba”.
Qué puede pasar ahora. La UCR ya adelantó que volverá a presentarse ante la Corte Suprema y adelantó que presentará dos antecedentes de consultas en la provincia, en 2007 y 1986, en cuyos casos “no se consideró el ‘No’”.