El artículo en discusión establece que el gobernador y el vicegobernador pueden durar cuatro años en sus cargos y ser reelegidos sin límite, lo que consolidaría un esquema de perpetuación en el poder.
El fallo de la Corte Suprema contra Formosa
En su decisión, los jueces Rosatti y Juan Carlos Maqueda, con el apoyo sustancial de Lorenzetti, concluyeron que este tema recaía bajo la competencia originaria de la Corte Suprema. Argumentaron que la cuestión de la reelección indefinida debía evaluarse en el contexto del sistema republicano que las provincias están obligadas a garantizar.
Los magistrados subrayaron que el debate involucraba un equilibrio entre la voluntad popular y la alternancia en el poder, ambos pilares del sistema democrático. Sin embargo, advirtieron que, mientras una o dos reelecciones pueden justificarse bajo el principio de mayoría, la reelección indefinida plantea problemas cualitativos que exceden la cuestión meramente cuantitativa.
Los argumentos del Procurador General
En su dictamen, el procurador Casal enfatizó que la reelección indefinida contradice el principio de renovación periódica y periodicidad de los mandatos, establecido en el artículo 5 de la Constitución Nacional. Además, mencionó que esta práctica también vulnera los principios democráticos y republicanos consagrados en el artículo 1 de la Ley Fundamental y el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Finalmente, la Corte Suprema reafirmó que la reelección indefinida no solo compromete la separación de poderes, sino que también mina los cimientos del principio democrático. Este fallo establece un precedente clave para reforzar los valores republicanos y garantizar un equilibrio en el ejercicio del poder público.