Sentencia firme

La Corte Suprema dejó firme la prescripción de una causa contra Milagro Sala

Se trata de un expediente impulsado por el ex gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, quien acusó a la dirigente social de daños y amenazas en un escrache en su contra durante una conferencia en 2009.

La Corte falló a favor de Milagro Sala. (Foto: archivo)

La Corte falló a favor de Milagro Sala. (Foto: archivo)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de Gerardo Morales en una causa en la que se discute la prescripción de una acción contra Milagros Sala por amenazas y daño agravado. Con esta decisión, el tribunal de origen deberá dictar una sentencia declarando la extinción de la causa contra la dirigente social por el paso del tiempo.

El 4 de junio de 2021 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy había rechazado el planteo de prescripción de la acción penal presentado por la defensa de Sala, en una causa en la que se le investigaba por la supuesta comisión de los delitos de daño agravado y amenazas coactivas.

Contra esta decisión, la representación legal de Sala planteó un recurso al que hizo lugar la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. Con ello, dicha sala anuló la decisión impugnada y, por mayoría, reenvió el expediente al tribunal de origen para que dicte una nueva resolución conforme a derecho, haciendo extensivo lo resuelto al resto de los imputados.

Este último pronunciamiento fue impugnado por la querella (Gerardo Morales), por medio de un recurso extraordinario federal, en el que invocó la arbitraria interpretación de las reglas de extinción de la acción penal, y violación del debido proceso, del acceso a la justicia y del principio de igualdad por la omisión de tratamiento de cuestiones oportunamente planteadas.

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El exgobernador de Jujuy, Gerardo Morales, quien se presentó como querellante contra Sala.

El exgobernador de Jujuy, Gerardo Morales, quien se presentó como querellante contra Sala.

La Corte Suprema desestimó el planteo contra Milagro Sala

El recurso de Morales fue declarado inadmisible por falta de sentencia definitiva e inexistencia de cuestión federal, lo que motivó la presentación de un recurso de queja.

La Corte Suprema, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo porque “el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)”.