"El proceso electoral convocado en dicho cónclave fue celebrado con una anticipación razonable en el contexto actual y en virtud del cual se han visto condicionadas todas las actividades de la Nación, sin que dicha decisión hubiera implicado alterar los mandatos de las actuales autoridades partidarias en su extensión ni en su forma", expresa el fallo.
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Gray había objetado la elección que proclamó a Máximo. (Foto: prensa)
En la misma línea que lo que había sido planteado por la Justicia Electoral bonaerense, a cargo de Alejo Ramos Padilla, la CNE llamó a tener en cuenta que la pandemia modificó los mecanismos de comunicación y elección de los partidos políticos.
¿Qué dijo el voto en minoría?
El juez Alberto Dalla Via, que votó en disidencia, manifestó que no hubo ningún “hecho concreto” que motivara adelantar la renovación de autoridades de diciembre de 2021 a mayo pasado, cuando se había previsto la asunción de Máximo. “Tal deficiencia adquiere una relevancia determinante frente al riesgo de que esa circunstancia importe una afectación al normal desenvolvimiento de la vida de los partidos políticos o menoscabe los principios de igualdad de oportunidades y equidad electoral”, argumentó el juez.
“Más aún cuando en un año electoral, las autoridades con mandato vigente pero que coexisten con las nuevas electas -que se supone, asumirían con posterioridad al mes de diciembre de este año-, deben tomar decisiones a los fines de definir las precandidaturas y candidaturas que presentarán como oferta electoral partidaria”, concluyó el magistrado, que votó en minoría.
Enfrentado a La Cámpora, Gray había objetado que se acortaran los mandatos del partido, que están vigentes hasta diciembre. No tuvo suerte con Ramos Padilla y por eso acudió a la CNE, que ahora le bajó el pulgar.