Judiciales

Tironeos y contradicciones en las causas cruzadas entre Fabiola Yañez y Alberto Fernández

El expresidente quiere que la denuncia de Fabiola cambie de juez, pero no lo logra. En cambio, la denuncia de él a su expareja rápidamente salió de Comodoro Py. ¿Qué hizo el Poder Judicial en similares casos anteriores?

Néstor Espósito
por Néstor Espósito |
Alberto y Fabiola

Alberto y Fabiola

Las desavenencias de pareja y las denuncias cruzadas entre Fabiola Yáñez y Alberto Fernández quedaron, de pronto, enredadas en conflictos de competencia: jueces que oscilan entre quedarse y desprenderse de expedientes contradiciendo incluso criterios que fueron utilizados para definir quién debía intervenir en otros casos anteriores e iguales o más resonantes.

La defensa de Alberto Fernández, a cargo de la abogada Silvina Carreira, apeló la decisión del juez Julián Ercolini de rechazar el planteo de incompetencia por territorialidad. Sostiene que los hechos denunciados -las presuntas agresiones a Yáñez- ocurrieron en la Quinta Presidencial de Olivos y eso es jurisdicción de San Isidro, no de la Capital Federal.

Para Fernández, Ercolini y el fiscal Ramiro González se quisieron quedar artificialmente con un expediente que no les correspondía.

Denuncia de Fabiola: “No interesan los derechos”

“Esta causa tiene ribetes en los cuales no interesan los derechos de mi representado. Se ha hecho una maniobra por la cual el Juez se quedó con la causa a pesar de tener un conocimiento inicial de que los supuestos hechos habrían ocurrido en San Isidro. La conducta adecuada del magistrado debería haber sido enviar a sorteo esta causa, pero a la Cámara Federal de San Martín, no a la de Capital Federal. Hemos advertido que tanto el Juez como el Fiscal se quisieron quedar con la causa”, sostuvo la abogada Carreira.

La Quinta de Olivos fue escenario, en el pasado no tan remoto, de otro episodio que tuvo como protagonistas al ex matrimonio presidencial: la celebración del cumpleaños de Fabiola Yáñez durante la etapa más cerrada de la pandemia.

Protagonistas repetidos, criterios diferentes

En aquella oportunidad, el juez federal Sebastián Casanello efectivamente se declaró incompetente por razón del territorio y esa decisión quedó firme porque el fiscal no la apeló. El fiscal era Ramiro González, el mismo que interviene en el expediente por la presunta violencia de género.

La apelación de Fernández pasó a la Cámara Federal y será resuelta por el juez Eduardo Farah, de manera unipersonal. Entretanto, el expediente continuará en Comodoro Py. El ex presidente supone que eso será perjudicial para él y así lo consignó su defensa: “Entre el tiempo transcurrido desde la interposición de la presente incidencia de incompetencia hasta la resolución de la misma ha ocurrido un devenir de la causa que sorprendió a esta parte”.

Olivos gate}.webp
La Corte Suprema cerró definitivamente la causa por la “Fiesta de Olivos” (Foto: Telam).

La Corte Suprema cerró definitivamente la causa por la “Fiesta de Olivos” (Foto: Telam).

El otro expediente tironeado por una cuestión de competencia es la denuncia de Fernández contra Yáñez por haber divulgado parte del contenido de la nube informática de su ex pareja tras supuestamente haber accedido a través de un teléfono celular viejo que utilizaba el hijo de ambos, de poco más de dos años de edad.

La jueza María Eugenia Capuchetti se declaró “incompetente en razón de la materia” para intervenir en el expediente. Para ello, siguió el criterio del fiscal Eduardo Taiano, quien consideró que “no surgen elementos objetivos que permitan atribuirle competencia a la justicia federal de esta ciudad”.

La base fáctica del presente caso orbita, estrictamente y palmariamente, en un conflicto entre privados y de la cual resultaría damnificado una persona particular, siendo que en el supuesto no se verifica circunstancia alguna que excite la intervención de la justicia federal, cuya competencia es de estricto carácter restrictivo”, opinó Taiano y coincidió Capuchetti.

Taiano es el mismo fiscal que tiene delegada la investigación por la muerte del fiscal Alberto Nisman, en la que interviene el juez Ercolini.

La Corte Suprema, cuando resolvió que la investigación por la muerte de Nisman debía tramitar ante el fuero federal, justificó que las hipótesis en torno al deceso “se refieren a la muerte de un agente federal. Específicamente, en este caso hasta el presente persiste (o no ha sido descartada) la hipótesis de la vinculación del hecho investigado con las tareas concretas que realizaba en ejercicio de su función el Fiscal federal al momento de su deceso”.

Nisman era “agente federal” (fiscal) al momento de los hechos, al igual que Alberto Fernández era “agente federal” (presidente de la Nación) cuando ocurrieron los que hoy lo tienen como acusado.

Con Nisman, la jueza de primera instancia Fabiana Palmaghini, al declinar la competencia, invocó como una de las razones que el contenido de los correos electrónicos y de los celulares pudieron haber sido borrados o adulterados y esa conducta debía ser investigada por la Justicia federal.

Nada habilita a sostener que los soportes informáticos y digitales analizados hayan sido examinados incólumes, por lo que imposible resulta descartar que haya tenido ocurrencia la existencia de un delito de estricta y exclusiva competencia federal”, subrayó aquel primer fallo.

La denuncia de Alberto Fernández también se relaciona con un presunto delito informático, pero el recorrido judicial fue el inverso: en lugar de ir desde la justicia ordinaria a la federal, viajó de Comodoro Py al Palacio de Justicia.

Más allá de esas disyuntivas jurídicas, la investigación sobre la denuncia de Fabiola Yáñez continúa delegada en el fiscal González, quien ya fijó fecha para que Sofía Pacchi, la ex modelo y colaboradora de la ex primera dama, cierre la lista de testigos iniciales el próximo 12 de setiembre. Su testimonio asoma como fundamental para el devenir de la pesquisa.

El juez Ercolini aceptó, también a pedido del fiscal, peritar el teléfono de Fabiola Yáñez. Para ello será necesario un complejo procedimiento desde el secuestro (o la entrega) en Madrid hasta su llegada a Comodoro Py, bajo una documentada cadena de custodia.