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ANSES Jubilados y pensionados: Por qué pueden suspenderme el pago de haberes

La ANSES puede suspender el pago mensual de jubilaciones o pensionados por tres motivos ¿Por qué pueden suspenderme el pago de haberes?
14 de septiembre de 2022 - 15:32
ANSES Jubilados y pensionados: Por qué pueden suspenderme el pago de haberes

ANSES Jubilados y pensionados: Por qué me pueden suspender el cobro de haberes

Ha tres motivos centrales por los cuales la ANSES puede suspender los haberes que cobran jubilados y pensionados:

  • Realizando una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria de la seguridad social.
  • Haciendo trámites en cajeros automáticos usando la huella digital.
  • Poniendo la huella digital en los tótems de ANSES que están en las sucursales bancarias.
  • A través de una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de ANSES.

ANSES Jubilados y pensionados: Cómo vuelvo a activar el cobro de mis haberes

En el caso de que la ANSES suspenda el cobro de sus haberes a un jubilado o pensionado, se deberá hacer un trámite de activación para volver a cobrarlo. Si bien la presentación es presencial, con turno previo en oficina de ANSES, previamente se deberá pedir fecha por la web y completar la información requerida de la siguiente manera:

  • Ingresar a mi ANSES con Clave de la Seguridad Social y verificar que los datos de contacto, personales y familiares estén correctos.
  • Descargar el Formulario Reclamo de haberes (PS 6.236) y llevarlo completo el día del turno. En el caso de que el trámite lo realice un apoderados, deberá presentar el Formulario “Carta Poder” (PS.6.4) para tramitar o poder general otorgado por escribano, solo en caso que el apoderado no figure en el recibo de cobro.
  • Solicitar un turno para ser atendido en una oficina de ANSES.

Es importante aclarar que la suspensión del cobro no implica la baja de la jubilación o pensión. Sino que, una vez realizada la activación, se comenzará a cobrar nuevamente.

ANSES Jubilados y pensionados: documentación para tramitar la activación de haberes

La activación del cobro de haberes puede realizarla el propio jubilado o pensionado, o bien un apoderado. En cada caso, la documentación es:

  • Del titular:

DNI

Formulario PS 6.236 - Reclamo de haberes

Documentación que justifique activar la prestación suspendida (Por ejemplo, certificado de estudios, cese o certificado de Fe de vida)

  • Del representante:

Formulario “Carta Poder” (PS.6.4) para tramitar o poder general otorgado por escribano, solo en caso que la/el apoderada/o no figure en el recibo de cobro.

Certificado de Fe de Vida de la persona titular emitido por autoridad policial, judicial, consular o, en caso de internación, por la máxima autoridad de la institución donde se encuentre (director o administrador)

Si el jubilado o pensionado se encuentra en el exterior, tendrá que presentar el reclamo a través de un apoderado, representante o banco apoderado. Además, se deberá agregar el certificado de Fe de Vida del titular de la prestación, extendido por el consulado argentino del país de residencia.

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