En los considerandos del decreto se argumenta que “no es posible desconocer la dificultad de vastos sectores de la sociedad para acceder a una vivienda, producto de contextos desfavorables para el acceso a créditos, generados, entre otros motivos, por la alta inflación de las últimas décadas”.
Luego, justifica la medida, al señalar que “la financiación de la construcción de viviendas es una actividad propia y principal de los bancos comerciales, privados y públicos, por lo que no se justifica la intervención del Estado en esa materia”.
Cabe recordar que en otro decreto, el 1017/2024 publicado en el Boletín, confirmó la implementación de “hipotecas divisibles sobre inmuebles sujetos a proyectos inmobiliarios para la posterior división y afectación al régimen de propiedad horizontal o conjuntos inmobiliarios, o para subdivisiones originantes de parcelas del dominio común”.
La medida publicada está destinada para proyectos inmobiliarios en desarrollo. Se busca mejorar el acceso a la vivienda, fomentar la inversión privada y apoyar la reactivación económica.
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Disolución del Procrear. (Foto: archivo)
Qué sucederá con los planes en proceso o no adjudicados
Para aquellos solicitantes que estaban en espera de adjudicación o en las primeras etapas del proceso, la situación aún no es clara, ya que el decreto no establece explícitamente un plan de continuidad para proyectos no adjudicados.
Sin embargo, el Ministerio de Economía, en colaboración con el Banco Hipotecario, evaluará cada caso en función de las disposiciones del Contrato de Fideicomiso y las normativas complementarias.
Con la disolución del Pro.Cre.Ar, el Gobierno se aleja de la intervención directa en la financiación de viviendas, argumentando que esta tarea corresponde a las instituciones bancarias, tanto públicas como privadas.
El decreto agrega que “no puede soslayarse el efecto positivo que tendrá la no interferencia del Estado en esta actividad de índole netamente privada para la ciudadanía en general y para el sector en particular”, concluyendo que, “producidas esas reformas sustanciales, no se justifica en absoluto que el Estado continúe interviniendo en la financiación de la construcción de viviendas”.
También se establece que “a partir de las reformas implementadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) desde diciembre de 2023, con la consiguiente desaparición de los pasivos remunerados por esa entidad y los avances en el proceso de reducción de la inflación, se proyecta un aumento en el otorgamiento de créditos hipotecarios por parte de las entidades bancarias, facilitándose el acceso a la vivienda”.