La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) actualizó los haberes previsionales para agosto de 2026. Con el aumento del 1,9% correspondiente a la movilidad jubilatoria, el haber máximo pasó de $2.772.298,06 a $2.824.694,49.
Con el aumento del 1,9%, el haber máximo quedó en $2.824.694,49. Conocé el calendario completo y qué pasa con el bono extraordinario
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) actualizó los haberes previsionales para agosto de 2026. Con el aumento del 1,9% correspondiente a la movilidad jubilatoria, el haber máximo pasó de $2.772.298,06 a $2.824.694,49.
El incremento alcanza a todas las jubilaciones y pensiones y surge de la fórmula de movilidad vigente, que toma como referencia la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, con un desfase de dos meses.
Para determinar la suba de agosto se consideró la inflación registrada durante junio, que fue del 1,9%.
Con la actualización aplicada por ANSES, el haber máximo quedó fijado en $2.824.694,49 durante agosto.
Los titulares que perciben la jubilación máxima reciben el aumento correspondiente a la movilidad previsional, pero no cobran el bono extraordinario de $70.000.
El refuerzo se mantiene destinado a los jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo y a aquellos que perciben un monto superior, pero que se encuentran dentro del límite de ingresos establecido para recibir el bono de manera proporcional.
Por este motivo, quienes cobran el haber máximo recibirán únicamente la prestación actualizada por el aumento de agosto.
El bono extraordinario de hasta $70.000 no alcanza a todos los jubilados y pensionados.
El refuerzo está destinado a los beneficiarios de menores ingresos y puede cobrarse de forma completa o proporcional, según el monto de la prestación.
Los titulares que perciben haberes superiores al mínimo pueden acceder a un bono parcial si su ingreso se encuentra dentro del tope establecido por ANSES. En estos casos, el refuerzo cubre la diferencia necesaria hasta alcanzar el límite fijado.
En cambio, quienes superan ese tope quedan excluidos del beneficio. Entre ellos se encuentran quienes cobran la jubilación máxima.
Los titulares de jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo cobrarán sus prestaciones entre el 25 y el 31 de agosto, de acuerdo con la terminación del DNI.
El calendario de pagos establecido por ANSES es el siguiente:
De esta manera, los jubilados que cobran el haber máximo deberán esperar hasta la última semana del mes para recibir sus haberes de agosto.
El aumento del 1,9% también impactó en el resto de las prestaciones previsionales que paga ANSES.
Los principales valores para agosto quedan de la siguiente manera:
El bono extraordinario continúa en $70.000 y permanece sin actualización.
El refuerzo puede ser cobrado en su totalidad por quienes cumplen con las condiciones establecidas o de manera proporcional por aquellos beneficiarios que superan el haber mínimo, pero no alcanzan el tope máximo de ingresos definido para acceder al beneficio.
Los jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo comenzarán a recibir sus prestaciones de agosto desde el 10 de agosto.
El cronograma se organiza según la terminación del DNI y tendrá una interrupción debido al feriado del 17 de agosto.
Las fechas de cobro son: