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Boletín Oficial

Modifican los requisitos del programa Acompañamiento Social: quiénes podrán cobrar ahora

La prestación sufrió un cambio que implica nuevos requisitos y controles para los beneficiarios, quienes deberán cumplirlos para poder recibir la ayuda económica.

14 de abril de 2026 - 15:55
Modifican los requisitos del programa Acompañamiento Social: quiénes podrán cobrar ahora

Quiénes podrán cobrar el Acompañamiento Social (Foto: archivo).

El Gobierno confirmó una modificación clave que impactará directamente en miles de beneficiarios en todo el país. La decisión se oficializó a través de la Resolución 90/2026, publicada en el Boletín Oficial y establece un cambio estructural: el acceso al Programa de Acompañamiento Social (PAS) dejará de estar abierto. En adelante, solo podrán seguir percibiendo el beneficio quienes ya se encontraban inscriptos como titulares.

Qué cambia ahora en el Programa de Acompañamiento Social

El Ejecutivo definió que el PAS deje de incorporar nuevos beneficiarios. Esto implica que el universo de personas alcanzadas quedará congelado, una decisión que busca reorganizar el gasto social y focalizar la asistencia.

Desde el Gobierno explicaron que la intención es “optimizar recursos y priorizar a quienes más lo necesitan”. En ese marco, se definieron grupos específicos que serán considerados prioritarios dentro del esquema vigente.

Entre ellos se encuentran:

  • Personas mayores de 50 años que atraviesen situaciones de vulnerabilidad social
  • Mujeres con cuatro o más hijos menores de 18 años
  • Titulares vinculados a unidades de gestión con características especiales

Este rediseño implica un cambio de lógica respecto al modelo anterior, que tenía una mayor apertura y flexibilidad en el ingreso de nuevos beneficiarios.

El monto confirmado y las nuevas exigencias

El Gobierno también detalló que el monto mensual del beneficio será de $78.000. Sin embargo, el cobro estará sujeto al cumplimiento de una serie de condiciones obligatorias que buscan reforzar el seguimiento de cada titular.

Entre los nuevos controles se destacan:

  • Controles de salud obligatorios en casos de embarazo
  • Cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación
  • Acreditación de la regularidad escolar de los menores a cargo
  • Participación en cursos de formación a través de la plataforma digital “Formando Capital Humano”

Estas exigencias apuntan a fortalecer el vínculo entre la asistencia económica y el desarrollo personal, educativo y sanitario de los beneficiarios.

Desde el Ministerio de Capital Humano remarcaron que “la asistencia no solo debe ser un ingreso, sino también una herramienta de inclusión y progreso”.

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Dos nuevas líneas dentro del programa

El rediseño del Programa de Acompañamiento Social también introduce una división en dos líneas de acción, cada una con objetivos específicos.

Fortalecimiento familiar

Esta línea estará orientada a mejorar las condiciones de vida de los hogares más vulnerables. Incluirá:

  • Alfabetización digital
  • Capacitación en tareas de cuidado
  • Formación en habilidades básicas para la inserción social

El objetivo será brindar herramientas concretas para mejorar la autonomía de las familias y facilitar su integración en el sistema productivo.

Transición jubilatoria

La segunda línea estará destinada a personas que se encuentren cerca de la edad de retiro. En este caso, el programa ofrecerá:

  • Asesoramiento técnico
  • Orientación previsional
  • Acompañamiento en trámites jubilatorios

Se trata de una estrategia que busca ordenar el paso desde la asistencia social hacia el sistema previsional formal.

Compatibilidades: qué beneficios se pueden cobrar junto al PAS

Uno de los puntos más relevantes del anuncio tiene que ver con la compatibilidad del beneficio. El Gobierno confirmó que el Programa de Acompañamiento Social podrá combinarse con otras prestaciones y actividades laborales.

Entre ellas se incluyen:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación por Embarazo (AUE)
  • Monotributo Social o Monotributo categoría A
  • Trabajo formal, siempre que el ingreso bruto no supere un Salario Mínimo Vital y Móvil
  • Empleo en casas particulares
  • Trabajo temporario en el sector agrario
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