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Ingreso para el bolsillo

Semana Santa 2026: a qué trabajadores les corresponde el pago extra este año

La Semana Santa de este año tendrá una particularidad que impacta directamente en el bolsillo de algunos trabajadores.

27 de marzo de 2026 - 10:25
Semana Santa 2026: a qué trabajadores les corresponde el pago extra este año

El jueves 2 y el viernes 3 de abril de 2026 se pagarán como feriados nacionales, lo que implica un ingreso extra para quienes trabajen esos días.

La Semana Santa de este año tendrá una particularidad que impacta directamente en el bolsillo de algunos trabajadores: el Jueves Santo, que habitualmente no se paga doble, en 2026 sí tendrá un pago extra.

Esto se debe a que el 2 de abril, día en el que cae el Jueves Santo, coincide con el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, un feriado nacional inamovible.

En condiciones normales, el Jueves Santo es un día no laborable, por lo que el empleador puede decidir si se trabaja o no, sin obligación de pagar un adicional. Sin embargo, al coincidir con un feriado nacional, deja de regirse por esa lógica y pasa a tener el mismo tratamiento que cualquier feriado.

A esto se suma el Viernes Santo, también feriado inamovible, por lo que el descanso se extiende desde el jueves 2 hasta el domingo 5 de abril.

Ese domingo se celebrará la Pascua, pero no es considerado feriado nacional. Por lo tanto, quienes trabajen ese día no percibirán el pago doble por feriado.

Cómo se pagan los feriados de Semana Santa 2026

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La Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 establece en su artículo 181 que en los feriados nacionales rigen las normas del descanso dominical.

Esto implica que quienes no trabajen deben cobrar el día de manera habitual, aun cuando coincida con domingo. En cambio, quienes presten servicios tienen derecho a percibir la remuneración habitual más un monto igual, es decir, el doble de la jornada.

Esa regla se aplica tanto al jueves 2 de abril como al viernes 3, en todos los sectores.

El sábado no tiene ningún tratamiento especial: se paga como un día común, de acuerdo con la jornada de cada trabajador.

En el caso del domingo 5 de abril, pese a tratarse del Domingo de Resurrección, no es un feriado nacional. Por eso, el pago no es doble.

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