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Factura de crédito electrónica: cómo emitirla

Factura de crédito electrónica: cómo emitirla

La factura de crédito electrónica es una nueva herramienta que la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) les ofrece a los usuarios. Según informa AFIP en su página oficial, el objetivo principal es el impulso al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas. De hecho, la finalidad es desarrollar un mecanismo que mejore las condiciones de financiación de dichas empresas y les permita aumentar su productividad, mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar emitidos a sus clientes y/o deudores, con los que hubieran celebrado una venta de bienes, locación de cosas muebles u obras o prestación de servicios a plazo.

Para poder emitir una factura de crédito electrónica los requisitos son que ambas partes deben tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) y que los emisores de factura de crédito electrónica deben registrar una CBU (clave bancaria uniforme).

Paso a paso para emitir una factura de crédito electrónica

Primer paso: se debe ingresar en la página de AFIP colocando el usuario y la clave fiscal correspondientes. Luego, hay que dirigirse al segmento de comprobantes en línea.

Segundo paso: al igual que en la facturación común se selecciona el punto de venta. Cabe aclarar que, para este tipo de facturación, no es necesario crear uno nuevo.

Tercer paso: aquí se indica el tipo de comprobante a emitir que en este caso es factura de crédito electrónica y luego se oprime el botón que dice siguiente.

Cuarto paso: En esta instancia se coloca la fecha, los conceptos y el CBU del emisor. En el caso de que el CBU no sea válido, directamente la plataforma no deja avanzar al usuario a la próxima instancia.

Quinto paso: Se indican los datos del comprador, el CUIT y la demás información solicitada. También debe completarse la condición de venta correcta que son, por supuesto, aquellas habilitadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Sexto paso: Luego se indica el importe a facturar, el producto y la unidad.

Séptimo paso: por último, la pantalla ofrece visualizar todo el comprobante para corroborar los datos ingresados anteriormente. En el caso de que sean correctos, se validan los mismos para emitir la factura de crédito electrónica y listo. El sistema permitirá descargar el documento digitalmente en formato PDF o también la posibilidad de imprimirlo para tenerlo físicamente.

Aceptación tácita

Según informa AFIP, una vez emitida la factura electrónica existe un plazo de 30 días corridos para que la empresa acepte expresamente la recepción de la factura o la rechace. En el caso de que no se hubiera rechazado, aceptado de forma expresa o informado su cancelación, sistémicamente, ésta con sus comprobantes asociados quedarán aceptadas tácitamente “sin cancelación”.

¿Qué aspectos específicos tienen los comprobantes?

La factura de crédito electrónica MiPyME tal y como informa AFIP tendrá el mismo formato y características que las previstas para factura electrónica, con las particulares que se detallan a continuación:

  • Siempre deberá informarse la fecha de vencimiento de pago y no podrá modificarse. En caso de ser incorrecta, el receptor de la factura de crédito electrónica MiPyME procederá a rechazarla.
  • La solicitud de autorización de la factura de crédito electrónica MiPyME podrá efectuarse dentro de los 5 días corridos anteriores o 1 día posterior a la fecha a la de emisión de la misma. En caso de ser anterior, deberá corresponder al mismo mes que el de la fecha de emisión.
  • Cuando el traslado y entrega de las mercaderías se respalde mediante un remito "R", éste deberá informarse en la factura de forma obligatoria. Se podrán informar varios remitos a una misma factura, pero no se podrá asociar varias facturas a un mismo remito.
  • Deberá emitirse con el Código de Autorización Electrónico "C.A.E." (Solicitud y autorización en línea), no obstante se incluirá el procedimiento especial de Código de Autorización Electrónico Anticipado "C.A.E.A." (Solicitud y rendición diferida). En el segundo caso, el comprobante electrónico deberá ser rendido dentro de las 24 hs. de su emisión.
  • La fecha de vencimiento que se otorgará al "C.A.E." será la misma que la de emisión del comprobante.

¿Quiénes están alcanzados por el régimen?

Emisores de facturas de crédito electrónicas:

  • Las micro, pequeñas o medianas empresas.
  • Aclaramos que se consideran también mipymes a aquellas que se encuentran en el Registro de Empresas MiPyMEs y que cuenten con un certificado vigente.

Receptores de facturas de crédito electrónicas: las grandes empresas. Existe también la posibilidad de que las micro, pequeñas y medianas empresas opten voluntariamente por ser receptoras de este tipo de documento debiendo inscribirse en el Registro de Facturas de Crédito Electrónicas.

El Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPYMEs resultará aplicable para cada uno de los comprobantes que se emitan por un monto total igual o superior, a aquellos establecidos en el cronograma de implementación sin considerar los ajustes posteriores por nota de débito y crédito.

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