Si el viaje a realizar no sólo abarca territorio español sino que también implica la visita a otros países de Europa, este plazo temporal también incluye los días de estancia en estos otros países, siempre y cuando formen parte de lo que se conoce como “espacio Schengen”.
El “espacio Schengen” es un área compuesta por veintiséis países europeos que acordaron reducir sus controles fronterizos internos para potenciar los externos, enfocándose así en el control del ingreso de las personas provenientes de aquellos países que justamente no forman parte de este acuerdo.
Entre estos países se encuentran, por ejemplo, Alemania, España, Italia y Francia. En el hipotético caso de que se quiera realizar un viaje que incluya estos cuatro destinos, el trámite de ingreso será uno sólo, el que se realice en el lugar al que se arribe luego del viaje desde Argentina. Una vez allí, al pasar a otro país no se debe realizar el mismo nuevamente.
En resumen, a la hora de planificar un viaje a España es preciso también tener en consideración si se visitarán otros países, ya que los mismos también influirán en la suma de los días cuyo plazo máximo (noventa) no se permite superar.
Por último, uno de los datos que resulta de mayor utilidad en relación a los países que forman parte del mencionado “espacio Schengen” es que, si se es argentino, no se necesita de visa alguna para ingresar en ellos. Por lo tanto, en lo concreto, tampoco para entrar en España, lo cual no quiere decir que no existan otros condicionamientos.
Requisitos
Aunque existen varios requisitos para ingresar a España, no siempre que se viaje allí los mismos serán exigidos. Sin embargo, es conveniente no dejar nada librado al azar y anticiparse a cualquier inconveniente que pueda llegar a surgir.
En el caso de que el viaje en cuestión sea por motivos laborales, lo que se le puede llegar a pedir al ingresante es que presente un documento en el que se constaten dichos motivos, es decir, que sirvan de justificación.
Si el trabajo es bajo relación de dependencia, basta con que la empresa en cuestión redacte las razones por las cuales determinada persona debe ingresar a España. Por lo contrario, si se trata de trabajo independiente, la justificación depende del ingresante.
También se puede llegar a exigir la presentación del pasaje de vuelta, ya que a través de éste se puede comprobar que el tiempo que la persona en cuestión pase en España es limitado y concuerda con el plazo estipulado como máximo.
Por su parte, resulta idóneo contar con comprobantes que garanticen que se cuenta con hospedaje. Si se trata de uno particular, producto de la oferta de alojamiento de un familiar o un amigo, este último debe redactar una carta de invitación la cual debe estar, preferentemente, legitimada por el municipio de la zona de residencia.
Si se piensa realizar el hospedaje en hoteles o sitios similares como hostels, lo que se debe presentar son los comprobantes de pago de los sitios en cuestión. Es importante prever que esto debe abarcar todo el tiempo en que se estará en España, es decir, las fechas de hospedaje y de estadía deben coincidir a la perfección.
Además, si lo que una persona está realizando es un tour turístico, se le puede exigir que compruebe el recorrido planeado. Para esto se pueden presentar los comprobantes de pago de la agencia turística contratada (si es que se cuenta con una).
No menos importante es el hecho de poder acreditar que se poseen los recursos económicos necesarios para la estadía. Para esto se solicita un mínimo de 65 euros diarios que pueden ser 32,50 si el hospedaje que se posee es particular. Los mismos se pueden presentar en efectivo o bien depositados en una cuenta bancaria con un documento en el que se aprecie el monto disponible en ella.
Para finalizar, puede que a aquella persona que desea ingresar a España también se le requiera la presentación de un seguro médico de viaje. El mismo debe garantizar, como mínimo, asistencia médica de urgencia, una cobertura hospitalaria con un mínimo de treinta mil euros y repatriación en caso de estado delicado o muerte.