Qué dijo la Justicia sobre el video generado con IA
En su resolución, el juez Saettone señaló que el hecho de que el contenido hubiera sido generado mediante inteligencia artificial no elimina las consecuencias que puede tener su difusión.
El magistrado sostuvo que el material fue emitido públicamente y que las expresiones estaban dirigidas contra personas reales, a quienes se atribuían consecuencias concretas relacionadas con delitos y con la privación de la libertad.
"El contenido no permaneció en un ámbito privado (...) La conducta objeto de estas actuaciones comprende su posterior selección y difusión a través de un programa televisivo de alcance masivo, así como el tratamiento efectuado inmediatamente después de su exhibición", señaló el fallo.
La resolución consideró además que existe una necesidad cautelar "actual y concreta", debido a que el video mantiene la posibilidad de ser difundido nuevamente y, por lo tanto, de prolongar sus efectos.
Por ese motivo, la Justicia estableció durante 30 días la prohibición de volver a emitir o poner a disposición del público el material cuestionado.
Qué decidió la Justicia sobre las publicaciones sobre la AFA
El juez rechazó el pedido subsidiario de Tapia para impedir de manera general la difusión de futuros materiales sobre esos temas, al considerar que una prohibición de ese alcance implicaría una restricción genérica a la libertad de expresión.
De esta manera, la cautelar se limita específicamente al video generado con inteligencia artificial que originó la denuncia.
Además, Saettone ordenó notificar la resolución a la productora ARTEAR S.A. y remitir una copia de las actuaciones al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) para que el organismo determine, dentro de sus competencias, si corresponde adoptar alguna medida por una eventual infracción a la normativa que regula los servicios de comunicación audiovisual.