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La Conmebol sancionó a Boca y a Rodolfo Arruabarrena: los motivos y el millonario monto de la multa

El organismo sancionó al Xeneize y a su DT por demorar la salida al segundo tiempo ante O’Higgins. Los detalles del fallo y de los montos a abonar.

07 de agosto de 2026 - 14:29
La Conmebol sancionó a Boca y a Rodolfo Arruabarrena: los motivos y el millonario monto de la multa

Rodolfo Arruabarrena

El paso de Boca Juniors por la serie frente a O’Higgins en Chile dejó un saldo altamente positivo en el aspecto deportivo, luego de imponerse en la definición por penales y lograr la clasificación a los octavos de final. Sin embargo, más allá del logro conseguido dentro del campo de juego, la visita al país trasandino trajo consecuencias fuera de la cancha: la Conmebol sancionó al club y a su entrenador, Rodolfo Arruabarrena, por una infracción cometida durante el desarrollo del partido.

El ente regulador del fútbol sudamericano informó que tanto la institución xeneize como el director técnico fueron multados por retrasarse en la salida al campo de juego para disputar el segundo tiempo del encuentro correspondiente a los playoffs de la Copa Sudamericana. A pesar del impacto financiero, la resolución únicamente establece multas económicas y una advertencia por parte del organismo, por lo que la sanción no tendrá consecuencias deportivas para el equipo en la competencia.

De cuánto es la multa de la Conmebol para Boca y para Rodolfo Arruabarrena

En el comunicado oficial emitido por el Tribunal Disciplinario, el organismo detalló las cifras exactas que deberán abonar los involucrados por el incumplimiento del artículo 5.1.11.5 numeral 2) del Manual de Clubes de la Conmebol Sudamericana 2026. La multa impuesta al Club Atlético Boca Juniors asciende a los 20.000 dólares, mientras que el DT Rodolfo Martín Arruabarrena fue sancionado con un monto de 15.000 dólares.

Respecto a la modalidad de cobro, la entidad sudamericana precisó que los 35.000 dólares en total serán debitados automáticamente de los ingresos que el club debe percibir en concepto de derechos de televisión y patrocinio. Asimismo, el Tribunal Disciplinario le aplicó a la entidad de la Ribera una advertencia adicional por infringir el artículo 5.4.2 del mencionado manual regulador.

Boca puede apelar la sanción de la Conmebol y qué pasa en caso de reincidencia

Tanto la dirigencia de la institución como el propio entrenador disponen de un plazo de siete días corridos, contados a partir del día siguiente a la notificación, para presentar un recurso formal ante la Comisión de Apelaciones de la Conmebol si deciden impugnar la resolución. Para llevar a cabo este trámite, el reglamento exige cumplir con las formalidades del Código Disciplinario y abonar una cuota de apelación fijada en 3.000 dólares mediante transferencia bancaria.

Por último, el fallo incluye una advertencia expresa dirigida de manera conjunta a Boca Juniors y a Rodolfo Arruabarrena. La entidad remarcó que, en caso de reiterarse cualquier infracción de igual o similar naturaleza a la que originó este expediente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 27 del Código Disciplinario, lo que derivaría en consecuencias y sanciones más severas para los involucrados.

El comunicado oficial

1° IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una MULTA de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.5 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2026. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2° IMPONER al SR. RODOLFO MARTIN ARRUABARRENA una MULTA de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.5 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2026. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por su Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3° IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una ADVERTENCIA por la infracción al artículo 5.4.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2026.

4º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS y al SR. RODOLFO MARTIN ARRUABARRENA que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

5º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS y al SR. RODOLFO MARTIN ARRUABARRENA. Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

En pocas palabras

  • Sanción de Conmebol: El organismo multó a Boca Juniors y a Rodolfo Arruabarrena por demorar la salida al segundo tiempo.
  • Monto de la multa: Boca deberá abonar 20.000 dólares y el DT 15.000 dólares, debitados de sus ingresos.
  • Reincidencia: Se advierte que futuras infracciones similares podrían acarrear sanciones más severas.
Resumen generado por Thinkindot AI
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